Sabéis si en los contratos nuevos en zona tensionada hay que hacer constar ya el precio del arrendamiento anterior según el artículo 31.3 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo?
Tercero: compruebe que efectivamente, la Generalidad de Cataluña mantiene a día de hoy en perído de información dicha declaración, pendiente de aprobación:
Mi valoración es que HOY no hay vigente ninguna zona tensionada, ni en Cataluña ni en el resto de España; las declaraciones anteriores han decaído por el transcuros del plazo de vigencia de tres años. Para una mayor certeza, lo mejor sería una consulta por escrito a la Consejería de Vivienda de la CCAA catalana.
Sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.