Tercero: compruebe que efectivamente, la Generalidad de Cataluña mantiene a día de hoy en perído de información dicha declaración, pendiente de aprobación:
Mi valoración es que HOY no hay vigente ninguna zona tensionada, ni en Cataluña ni en el resto de España; las declaraciones anteriores han decaído por el transcuros del plazo de vigencia de tres años. Para una mayor certeza, lo mejor sería una consulta por escrito a la Consejería de Vivienda de la CCAA catalana.
Sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.
Sabéis si en los contratos nuevos en zona tensionada hay que hacer constar ya el precio del arrendamiento anterior según el artículo 31.3 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo?