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Yo pago y la comunidad me lleva al monitorio

8 Comentarios
 
Yo pago y la comunidad me lleva al monitorio
perfil beh
14/04/2004 21:36
Vivo en una comunidad de muchos chalets, casi todos grandes, menos 15 adosados (mi caso). En el año 89, los entonces propietarios, aún teniendo los estatutos con cuotas de participación, decidieron en una junta pagar todos igual.Los estatutos no los llevaron a modificar al registro público. Yo compre en el 95 y mi título indica mi cuota de participación. Pago puntualmente según mi cuota, aunque todos los años se aprueba el presupuesto y figura que las cuotas seguran iguales para todos. Ahora me reclaman toda la diferencia acumulada. Tengo abogado, me he opuesto y vamos al verbal. Yo nunca he impugnado nada ¿Con que me puedo defender, si creo que siempre he cumplido la ley y no debo nada?.
15/04/2004 20:06
Creo que debio impugnar usted la primera reunión a la que asistio y se aprobo el reparto de gastos
perfil beh
15/04/2004 22:05
ya, pero eso fue en mayo del 96, recien llegados y uno no llega con animo de enfrentamientos. Ahora ¿no tengo arreglo?. Mi postura es que siempre he cumplido con la ley y que me reclaman dinero de más ¿Estos es defendible?. Otro argumento es que impugnar es una derecho, una opción que no he querido ejercer, pero no sé si es una obligación, porque en ese caso, hay tantos acuerdos mal tomados en las juntas de propietarios y convocatorias, que todos estariamos cometiendo delitos constantemente.
perfil beh
15/04/2004 22:20
Y otro enfoque. Si modificar las cuotas supone que modificas tu título de propiedad y los estatutos ¿No tendría que estar en algún registro público ese acuerdo? Como tal, nunca se tomó desde que yo compré, los acuerdos de los actas dicen, "las cuotas continuarán igual" o "continuaremos pagando las 5.000 pts".
Creo que la nueva ley sólo pensó en los "puferos" de verdad, pero olvida situaciones de desequilibrio como ésta: muchos grandes y pocos pequeños (Esto notiene que ver, pero el colmo es que en el recibo de la comunidad se incluye el consumo del agua en las casas y hay fincas de 1.000 m (yo tengo 125) con sus riegos y piscinas personales, por los 30 €/mes igual para todos. Tenemos contadores, pero una vez se votó y no interesaba leerlos.)Es una situación de abuso, desequilibro y casi indefensión, salvo con una demanda que cuesta dinero al particular, porque si demanda la comunidad lo pagamos entre todos y no le duele a nadie.
15/04/2004 23:47
El acuerdo cuando compro no le vinculaba a usted porque era una modificación del titulo constitutivo y no lo habian registrado. Pero desde el momento que usted ha aceptado eso sin impugnar, aunque usted este pagando segun su cuota, puede ser que no le favorezca, pero para ello ya tiene usted un abogado que le dira lo que tiene que hacer
suerte.
19/04/2004 20:40
No nos dice si en la última Junta Ordinaria en la que se aprobó el presupuesto anual y el reparto de gastos usted votó en contra de que las cuotas fueran igual para todos los propietarios. Si consta su voto contrario podría tener alguna posibilidad alegando la falta de unanimidad. La jurisprudencia de nuestros tribunales está un poco repartida en estos casos y en ocasiones ha considerado que modificar la forma de distribución de los gastos es algo que debe hacerse en cada junta y por unanimidad. Por otro lado, y si ha votado en contra o no asistió a la Junta podría ver si está en plazo para impugnar el acuerdo. El presupuesto no puede incluir los gastos privativos de agua ya que usted solo está obligada al pago de los gastos generales que no puedan individualizarse.
perfil beh
20/04/2004 00:00
Gracias por vuestras rspuestas y continuo entrando en detalles porque creo que los foros son diálogo y que además, puede haber alguien con un problema similar o sugerirle ideas.
Yo compré en dic-95.Me molesté en enterarme quien era la administradora y darle mi cuenta para los recibos. Ni por asomo se me ocurre cuestionarlos.
En el año 96 hubo 2 juntas: Una en mayo con un acta que dice: Aprobación del presupuesto: se acuerda mantene la cuota extraordinaria de 2.000 pts en este ejercicio". Ni se aprueba presupuesto, ni hay mayorías ni unanimidades ni se habla de modificación de cuotas. La otra junta fue de trámite. Los cargos indebidos seguían llegando al banco y yo creía que estaban bien.
Año 97: aquí me doy cuenta del tema, junto con otros vecinos de minoría. En asamblea de mayo, el acta recoge "Se propone el mantenimiento de cuota de 7.000 pts, siendo aprobado con 3 votos en contra" (No figura de quien eran los 3 votos)(¿Esto es unanimidad? ¿alguien ha modificad mi título?). En esta asamblea nos "colamos" 3 de minoría en la neva junta directiva. Duré 8 meses y dimití, no sin antes conseguir que se convocase una reunión extraordinaria, celebrada en marzo del 98, para el tema de las cuotas. Los insultos entre vecinos fueron las palabras más finas que se escucharon. El acta recoge que la asamblea no obtiene unanimidad de votos y dice textualmente" con lo que no se modifica el actual sistema de reparto de cuotas".
Desde esa fecha pago por mi cuota, puntualmente, pero pasé a lista de morosos privado de voto, por lo nunca he podido impugnar nada, creo. ¿dónde me equvoqué, en la creencia de buena fé del primer año? Por cierto, desde marzo del 98 estoy reclamando por escrito y fax al administrador las 80 y pico mil pesetas por cargos indebidos que me cobraron de más, es decir, no acepto que en niguna época los cargos correctos fuesen esos.

Mil gracias. Se aproxima mi fecha y aunque Justa ya me remitió a mi abogado, es una persona muy ocupada, que no conozco de nada y que no sé el tiempo o interés que pueda poner así que, si yo me busco argumentos de defensa, creo que me beneficiarán a mí.
Y de paso, como esto es un foro, podemos discutir porque esta nueva ley impulsada por administradores de fincas no protege en absoluto a las minorías frente a los abusos.
20/02/2008 12:06

Beh tu abogado tiene obligación de informarte por muy ocupado que esté. Si no estás de acuerdo, no confias en él, o crees que no toma demasiado interés en tu defensa, no dudes en consultar con otro profesional
20/02/2008 13:43
A tu abogado no tienes que conocerle de nada para que lleve el caso con la debida diligencia; deberías contratar a alguien en quien confíes y a quien no te importe consultar para lo que haga falta, porque no olvides que todo lo que escuches aquí son opiniones , relatos de casos parecidos, consejos sobre como actuar en determinadas situaciones, pero nunca podrán sustituir el estudio minucioso del caso por parte de un abogado especializado en estos temas. No soy profesional de la abogacía, pero los consejos que te doy los he puesto en práctica yo misma , y siempre me ha funcionado.