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voy a la carcel?

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
Voy a la carcel?
25/09/2007 18:42
Estoy divorciado desde hace 7 años. Un hijo. Bien, hace cosa de un año, mi ex, me dice que nuestro hijo esta teniendo problemas con su pareja actual que si me importaba tener yo la custodia. Le conteste que no, que no me importaba. Me dice que su Aboga dice que con un Acuerdo ( sin pasar por el Juzgado) vale, donde se reseñe que mi hijo pasa a vivir conmigo y yo a tener la custodia. Yo no he de pasarle ya pension de alimentos (en el escrito) y ella no me debe de pasar nada(eso hablado). Bien no huno problemas. El problema viene ahora. Mi ex rompe son su pareja actual y me dice que se quiere lelvar de nuevo a mi hijo a vivir con ella. Le digo que lo que iga el crio, y este pues me dice que si, qiue le apetece de nuevo a vivir con su madre, lo que asi hace desde hace un mes. Sorpresa: carta de la Abogada informandome que le debo la pension alimentencia de un año y que si no pago inmediatamente, pues realizara acciones penales contra mi. ¿Es eso asi?
25/09/2007 19:23
Pues no se si será así, Trajearayas, pero me parece de muy poca vergüenza por parte de tu ex si las cosas son tal y como las cuentas. Mi apoyo, y lucha todo lo que puedas contra esa injusticia. Suerte.
25/09/2007 20:05
Ponte en contacto con un abogado cuanto antes y el te orientará que pruebas debes preparar para el caso que haya definitivamente demanda sobre pensión de alimentos atrasados.

Es de suponer que podrás presentar pruebas sobre el tiempo que el menor convivió contigo (colegio, médico, gastos, testigos, acuerdo firmado,etc.) y que con ello el juez entienda que tu ex intenta aprovecharse de tu buena fé en atender al menor sin regular todo legalmente. Puede ser interesante que vuelvas a hacer los pagos de la pensión desde la fecha que el menor volvió con la madre.

Suerte
(no soy abogado)
25/09/2007 20:08
Si no hay acuerdo firmado, pueden obligarle a abonar el año que reclama. Suerte.
15/10/2007 01:02
Bueno, a mi me preocupa, lo de la via penal, la verdad no se que consecuencias tiene.

NUNCA he fallado en el pago de la pensión, lo que ocurre es que el acuerdo entre mi ex y yo fue textualmente "SE LE CONCEDE LA GUARDA Y CUSTODIA HASTA LA MAYORIA DE EDAD".

¿Serviria como prueba de defensa en via penal este acuerdo?

Tambien, en el Convenio regulador, siempre se habla de "menor" y tambien recoge que la guarda y custodia es hasta al mayoria de edad. ¿Cuando cumpla los 18, se esta exento del pago? Es decir, sin tener que realizar modificacion de medidas y esas cosas
15/10/2007 10:24
En la vía penal si le servirá el acuerdo como prueba, además de otras que digan que su hijo estuvo con Vd. ese tiempo. Pero las cantidades se las puede reclamar porque quien tiene la obligación de pago es Vd. Le han tomado el pelo lamentablemente.
No, a los 18 años sólo se estaría exento de pago si el querubin no trabaja ni estudia, pero para ello, debe solicitarlo judicialmente, no opera automáticamente.
Los acuerdos privados de ese tipo no sirven en la vía civil porque no son ejecutables al no estar avalados por la correspodiente sentencia.
Un saludo.
15/10/2007 15:41
¿sabe el niño lo que su madre le esta haciendo a su padre? ¡Alucino! Tiene pareja, le estorba el niño, ya no tiene pareja, se lleva al niño de nuevo ¿pero que pasa, que los niños son como plantas?
Y por otro lado, vaya leyes tenemos. Entiendo que se puedan pedir los pagos de pensiones atrasadas, pero corcho, deberia haber un plazo. Un premio de la loteria caduca a los tres meses, creo, pues si la madre no demando en su momento la pension deberia servir como prueba
16/10/2007 00:21
¿Y existen casos donde eso existe? ¿Los Jueces de Familia suelen ser imparciales?
16/10/2007 09:39
Hay un plazo de prescripción de 5 años, es decir, que sólo pueden reclamarse las pensiones de los últimos 5 años desde fecha de reclamación, pero como en este caso hablamos de 1, se la puede reclamar con los intereses.
Un saludo.
17/10/2007 00:33
Al final ya nos contaras como te ha ido la cosa, pero por lo que estoy leyendo en este y otros post, seguro que te ira mal. Veo demasiadas garantias para unos y pocas para otros. UNA REGULACION YA!!!!!
17/10/2007 00:55
Pues si
17/10/2007 01:28
Aunque no está a disposicion de las partes por ser cuestiones de orden público, existe cierta jurisprudencia que ha llegado a tomar por válidos acuerdo extrajudiciales sobre alimentos, por considerarlos favorables para el menor.

No pierda la esperanza. No está todo perdido.

saludos
17/10/2007 21:15
No se me ocurre ni que decirte que de verdad pudiera servir para algo, salvo que pidas que los profesores redacten un informe de como te has echo cargo de tu hijo todo este año. Imagino que tambien te habrás hecho cargo de los medicos, así que prueba tanbien por ahí.
Al menos irás a la carcel con la conciencia bieen tranquila. Suerte y no desfallezcas
18/10/2007 01:15
Por lo que veo, o convenzo al Juez o lo de la pena de carcel me viene encima. joder
perfil alt
18/10/2007 15:56
Antes de ir a la carcel se te va a condenar a pagar lo impagado, si no puedes se te va a embargar el sueldo y/o propiedades, y a ultimas se te condenaría a carcel que de no ser una pena superior a 2 años no ingresarias en carcel. Si lo expuesto en tu post es cierto y lo puedes demostrar muy posiblemente no te pasará nada.
18/10/2007 22:10
Para Alt:

No te entiendo muy bien. La denuncia si es penal, primero que hay una condena a pagar lo impagado, despues el embargo y si no la carcel?
19/10/2007 01:11
Traje, no te líes, utiliza en la via penal el acuerdo firmado con tu ex, verás como no vas a la cárcel si demuestras que no ha habido tal incumplimiento porque ella estampó la firma en ese acuerdo exonerándote y no existió intención de incumplir. Y luego, en la vía civil, haces lo mismo. Va a tener más peso el acuerdo en la vía penal que en la civil aunque puedes intentarlo ahi también como apunta marcelo, si bien no todas las Audiencias Provinciales comparten la tesis que él apunta, pero el no, ya lo tienes.
Un saludo.
19/10/2007 21:02
Teniendo en cuenta que el mundo del derecho de familia se ha vuelto mas que un lugar de derecho y deberes de unos para con los otros, es necesario que toda actuacion este justificada por escrito y en lo posible consulte a un abogado para los futuros acontesimientos... pues en la viña del señor hay de todo.... amejor criterio
20/10/2007 01:23
Claro que que lo veo claro. ¿pero al final que voy al paredon soy yo? Vaya leyes que tenemos, Esto me parece cad vez mas una verguenza. NO lo entiendo, y creo que no lo entender NUNCA. Vaya pais tenemos, o sus leyes. NO eras inocente hasta que no se demostrase lo contratrio o en DErecho de Familia es al reves? vaya faena, pero gracias todos los que me hebesis ayudado, vosotros soy mi consuelo. Gracias.
perfil Bri
20/10/2007 08:38
Trajearayas, si todo es como dices, seguro que no acabas en la cárcel, así que quítate el traje. Si ahora tu hijo (¿cuántos años tiene?) está con tu mujer, pásale la pensión mensual estipulada. Si tu ex te demanda en vía penal, haz lo que dice Patricia; presenta el acuerdo firmado hace un año como prueba y te absolverán, y si encima durante el procedimiento penal demuestras que el niño vivió contigo durante el año que ella te reclama, podrías demostrar su mala fé; casi con seguridad tú saldrás absuelto y a ella la condenarán en costas.
¡Suerte!