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Vivo en la casa que renuncié en la herencia

9 Comentarios
 
Vivo en la casa que renuncié en la herencia
16/05/2022 09:51
Buenos días. Vivo en la casa de mis padres que ya han fallecido y algunos hermanos míos y yo hemos renunciado a la herencia de dicha casa. Otros hermanos han aceptado la herencia pero no se ponen de acuerdo para hacer las escrituras y poner la vivienda a sus nombres. Una hermana que si aceptó la herencia, vive en el piso desde hace 5 años y me ofreció irme a vivir con ella desde hace 3 meses. Estoy empadronado con su autorización y compartimos los gastos de la casa. Me preguntó si tiene derecho y pudiera decirme algún día que me vaya del piso.
Gracias de antemano por vuestra ayuda
16/05/2022 09:55
Perdón por el error: Me pregunto (sin acento)........
17/05/2022 11:24
Sí, si renunciaste a la herencia y no tienes nada ya que ver con esa vivienda, la ocupas en lo que se denomina "precario". Es como si fueras un amigo al que invita a vivir ahí, vamos: puedes hacerlo mientras el propietario (o uno de ellos al menos) te lo permita.
17/05/2022 11:55
paquito xocolatero
Muchas gracias por tu respuesta Paquito.
El caso es que ninguno de los "propietarios" es propietario aún. No se ponen de acuerdo en hacer las escrituras y dudo mucho que alcancen dicho acuerdo. Realmente estoy viviendo en casa de mis padres ya fallecidos que todavía son los titulares de las escrituras. No sé si esto es así o no.
Muchas gracias de nuevo.
19/05/2022 12:58
Hasta que se reparta la herencia pertenece temporalmente a la llamada "comunidad hereditaria", conformada por los herederos que aún no hayan renunciado.
19/05/2022 13:04
Galeones
Buenas tardes:

En su caso, si al menos ya ha habido una declaración de herederos pero aún no se ha procedido a la aceptación y partición de la misma, estamos ante lo que se conoce como una herencia yacente, por lo los propios herederos(en su caso los que no hayan renunciado previamente- serán los encargados de administrar el caudal hereditario.

Un saludo.
19/05/2022 13:46
paquito xocolatero
Muchas gracias Paquito.
Me has sido de mucha ayuda.
Un saludo
19/05/2022 14:23
AGFABOGADOS
Muchas gracias AGFABOGADOS.
En nuestro caso existe testamento solo de mi madre. De mi padre, no.
¿Hay que hacer declaración de herederos, aceptación y partición por los dos padres, o solo de la parte de mi padre?
Gracias de nuevo.
19/05/2022 17:57
Galeones
Buenas tardes:

Respecto a su padre. Si falleció sin testamento deberán realizar, al menos, la declaración de herederos y, cuando se pongan de acuerdo, la adjudicación y partición.

Respecto a su madre. Al haber otorgado testamento no hará falta declaración de herederos, pero sí que precisan de aceptación y adjudicación.

Un saludo.
19/05/2022 18:26
AGFABOGADOS
Muchas gracias por su respuesta AGFABOGADOS. Me ha sido de gran ayuda.
Saludos