Nos casamos con separacion de bienes, ella tiene 3 pisos vacíos y yo tengo uno el cual es, además, vivienda familiar, tenemos un hijo, si nos separamos, me dicen que yo me quedaría en la calle y ella con el uso de mi vivienda, además de las otras tres, ¿es eso cierto?, si es así, ¿es eso justo?
Manuel, no necesariamente las cosas han de ser como las describes. Si el juez otorga el uso de la vivienda familiar a la esposa en razón de la custodia del hijo común (art. 96 CC) deberá dar solución a tu problema y una de dos: a) prescinde de la medida de atribución del uso de la vivienda familiar y ajuar doméstico o b) te atribuye a tí el derecho de uso sobre uno de los pisos vacíos propiedad de tu esposa.