Mi consulta va referida a una vivienda de mis bisabuelos que fallecieron hace 90 años; la vivienda tiene escritura de compra venta fechada en 1927 por 400 pesetas, 133m2 :)
Mi abuelo, único heredero, hijo del propietario, fallecido hace 50 años tampoco hizo testamento, ni mi abuela (como nuera del propietario, fallecida hace 46 años), y ninguno de mis tíos (alguno ya fallecido con herederos forzosos) y mi madre han "aceptado la herencia", no hay declaración de herederos.
La casa amenaza ruina y el ayuntamiento va a solicitar derribo de la vivienda (y de todas en el municipio en estado similar); ¿qué tiene que hacer mi madre para no tener responsabilidad civil sobre este cargo? El derribo de casa con medianil es muy, muy caro, de facto seguramente la otra casa caerá y está en uso y arreglada.
Gracia por su respuesta.
No está registrada pero si tiene referencia en el catastro con fecha de construcción de 1939 (la casa es del s. XIX).
Documentalmente no hay "herederos", ninguno ha reclamado heredad, pero si hemos ido pagando IBI, agua, luz (hasta que no la han quitado por estar a 125V); no se si estos abonos nos vincularían de alguna forma.