Su madre podrá desheredarle (si se cumplen las condiciones legales para ello) de la herencia que deje ella, no de la que dejó su padre. Por lo tanto, siempre podrá reclamar lo que le corresponde de herencia de su padre.
Gracias por contestarme GRISOLIA. Cuando se refiere a la herencia q deje ella, me imagino q se referirá al dinero y bienes q haya generado ella a lo largo de su vida , no a lo concerniente a la vivienda, ¿ verdad?
No sé nada de esa vivienda. Cuando murió su padre, dejó unos bienes: o la mitad de lo que tenía el matrimonio si estaban casados en gananciales, o sus propios bienes privativos. Eso es intocable por su madre.
Por otro lado, el piso está hipotecado para pagar un préstamo, si me niego a pagar dicho préstamo, aun teniendo dinero, ¿q puede pasar? me puedo qedar sin la parte de lo q me corresponde de herencia de dicho piso.
Una herencia se acepta o se rechaza en bloque. Los bienes y las deudas. Vd. no puede quedarse solo con lo que le interesa, ya que las deudas no se van a esfumar.
Puede aceptarla "a beneficio de inventario". Eso significa que la propia herencia tiene que pagar sus deudas, y si no alcanza, Vd. no responderá con los bienes que tuviera con anterioridad.