es de suponer que a la TGSS, de todas formas y aunque no tengo ningún informe de vida laboral por delante, creo recordar que incluso a veces te mandan un sobre por si hay algún error se lo remitas tal y tal. También es posible que tanto la TGSS como el INSS de tu provincia estén ubicados en las mismas dependencias, pues a fin de cuentas se trata del mismo perro con distinto collar o como se diga eso.
"Por lo tanto, la Mutua tuvo que regularizar la situación (pagándote la diferencia económica desde el 1er día en que empezaste a estar de baja hasta el día en que te dieron de alta – en enero 2012 estabas en el paro-)"
* NO. La Mutua me pagó la diferencia desde la fecha de despido hasta la fecha de Alta y a la Empresa le pagó (no sé cantidades) desde el 1er día de mi Baja hasta la fecha de despido.
* En Enero de 2012 estaba de Baja (ITCC), despedida y cobrando de la Mutua, pero la misma cantidad que si estuviera en el Paro.
* En Enero de 2012 estaba en el inicio de la prórroga de 6 meses que me dio el Inss. La Mutua me envió, tan pronto pudo, al Icam (12 de Marzo 2012 ) y allí me esperaban con unos informes hechos por médicos (?) de la Mutua. Solo entrar me dieron el alta (no llegué ni a sentarme).
Llevaba de baja desde Enero 2011. El 30.11.11 me despidieron. Como la Empresa computó 20 días de Dic. de Vacaciones, entré en pago directo con la Mutua a partir del 21 de Dic de 2011.
Después ya viene todo lo que he contado .... pero voy a la TGSS o al INSS ???
responde afirmativamente a todos tus párrafos, anteriores a :
"De todas formas, en el supuesto de que se hubiera considerado como una ITCC, no se justificaría que tengas una laguna de cotización de esos 3 meses. Habrías consumido 3 meses de paro (con cotizaciones)"
* Cuando me dieron el Alta, 13 de Marzo de 2012, aún esperaba la Resolución del Inss. Pedí la vida laboral en Abril de 2012 y no tenía ninguna laguna (El Sepe cotizó desde la fecha de despido, pero descontando 3 meses al ser, en aquel momento, ITCC). Cuando el Inss resolvió (Mayo 2012) presenté al SOC la Resolución del Inss y me respondieron en Agosto de 2012 con las nuevas fechas de inicio y fin del Paro.
Se ve que el Sepe hizo sus regularizaciones y al pedir, ahora, la vida laboral, me he encontrado con ese vacío.
También llevé la Resolución a la Mutua y sí, me abonaron el diferencial desde la fecha de despido hasta la de la Alta.
* Liberté, es al Inss donde he de ir ??? Jamgpreve me ha dicho a la TGSS.
Interpreto que estabas de baja por incapacidad temporal por contingencias COMUNES cuando fuiste despedida (pendiente de la resolución del INSS). Esta situación duró 3 meses (algo menos- enero, febrero y parte de marzo 2012-).
Cuando te dieron el alta (en marzo 2012), solicitaste la prestación por desempleo.
Después de estar cobrando la prestación por desempleo desde finales de marzo 2012, en mayo 2012 el INSS calificó tu baja como incapacidad temporal por contingencias PROFESIONALES (accidente laboral).
Por lo tanto, la Mutua tuvo que regularizar la situación (pagándote la diferencia económica desde el 1er día en que empezaste a estar de baja hasta el día en que te dieron de alta – en enero 2012 estabas en el paro-).
En agosto 2012, recibes respuesta del SPEE, conforme se te reconocía la prestación de Desempleo por 720 días (2 años) a partir de la fecha de Alta (13.03.12).
Por lo tanto, interpreto que lo que significa eso es que, al ser una baja por accidente laboral y NO una baja por contingencias comunes, esos meses en los que estuviste cobrando la prestación por desempleo (enero a marzo 2012) NO se contaban como meses cobrados de prestación por desempleo (como te confirmó el SPEE en agosto 2012).
De todas formas, en el supuesto de que se hubiera considerado como una ITCC, no se justificaría que tengas una laguna de cotización de esos 3 meses. Habrías consumido 3 meses de paro (con cotizaciones).
En MI OPINIÓN, presentando todos los documentos que tienes en tu poder, no habrá problema para que el INSS regularice tu situación.
Pienso que, una vez que presentes la documentación en el INSS, se regularizará tu vida laboral.
Me ha quedado claro :
Presentaré el requerimiento a TGSS. Si no lo regularizan, deberé efectuar la denuncia tal como me indicas, pero ... siendo que esos 3 meses ya estaba despedida de la Empresa, tendrá valor ?.
Entiendo que el problema esta en que usted presento la reclamación ante el SEPE pero no hizo lo mismo ante la TGSS, son estamentos distintos, acuda a este último con la documentación obtenida y pienso que ellos a instancia de parte presentada por usted misma regularizaran su situación y si no en último extremo deberá denunciar arte este mismo estamento la infra cotización realizada por su empresa. No se preocupe por los plazos para esto tiene 4 años.
SMO.
Estando de ITCC fui despedida. El proceso de la ITCC siguió, directamente con la Mutua (unos 3 meses: enero, febrero y parte de marzo de 2012) hasta la fecha de Alta Laboral. Tramité la Prestación de Desempleo y el Sepe descontó estos 3 meses como periodo consumido. Meses después comprobé en la vida laboral y aparecían estos 3 meses y siguientes como cotizados por la Empresa (razón social) : “PRESTACIÓN DESEMPLEO EXTINCIÓN” y con la misma BR de los 180 últimos meses trabajados.
Estando cobrando la Prestación de Desempleo, del Sepe, en Mayo 2012 recibo Resolución del Inss, calificando mi IT como Accidente Laboral y responsabilizando a La Mutua del pago de la IT desde el 1er día de Baja hasta la fecha de Alta.
Entrego la Resolución del Inss a La Mutua y me abonan la diferencia desde el 1er día de la Baja hasta la fecha de Alta Laboral.
Cuando tramité el Desempleo (marzo 2012), en la oficina del Sepe me dijeron que cuando me llegara la Resolución del Inss con el dictamen de Accidente Laboral, debía hacer una reclamación para que ''esos casi 3 meses” no se me descontaran como consumidos. Así lo hice y en Agosto de 2012 recibo respuesta del Ministerio de Empleo y Seg Soc (SPEE), conforme se me reconocía la prestación de Desempleo por 720 días a partir de la fecha de Alta (13.03.12)
Mi sorpresa es que pido la vida laboral actualizada y los 3 meses (½ Dic 2011 hasta ½ Marzo 2012) CONSTAN COMO VACÍO, aparecen como Empresa: PRESTACIÓN DESEMPLEO EXTINCIÓN, importe CERO (1). (En nota 1, indica “no existe base”). Los meses posteriores siguen apareciendo como Empresa PRESTACIÓN DESEMPLEO EXTINCIÓN, pero con las cotizaciones según los 6 últimos meses trabajados.
La Prestación de Desempleo se ha actualizado con inicio 13.03.12, pero ahora tengo un VACÍO de 3 meses....
Qué hice mal ?
Hay alguna manera para que esos 3 meses no sean considerados vacíos ?