Hola a todos, mi pregunta es la siguiente: un señor que era propietario de un solar compuesto de una vivienda y de un patio abierto, procedió a segregar el patio y lo ha vendido a un tercero. Resulta que la vivienda tiene ventanas que dan al patio, ¿qué puede pasar con éstas ventanas si el nuevo propietario del patio quiere edificar? Gracias
Puede ser que exista una servidumbre de vistas por destino del padre de familia sobre ese patio y entonces el nuevo propietario del patio tendrá que cumplir con ciertos requisitos legales para poder edificar.
Gracias Ana, tienes razón, lo he estado mirando bien, y resulta que en estos casos, se constituye automáticamente una servidumbre de luces y vistas por signo aparente, y solamente se puede evitar su constitución, si este signo aparente hubiese desaparecido antes de la venta del patio o si en la misma escritura de segregación y venta del patio el propietario renunciase a dicha constitución. Por tanto deberá cumplir las ordenanzas municipales o costumbres del lugar a la hora de construir. Un saludo.
Mi opinion, es que el que segrego y vendio, debio de dejar una franja del patio, de 2 m. anexionada a la casa y sin vender, como parte de la vivienda. Sino, al parecer, ha actuado de mala fe.
Esto, o haber incluido en la escritura de compraventa una clausula que aclarara dicha servidumbre.
Salvo mejor opinion.