Buenos días;
Me gustaría que me indicaran como podría proceder en este supuesto
Somos cuatro hermanos, todos mayores de edad; nuestros padres fallecieron y heredamos un piso entre los cuatro, repartido al 25%. ¿ Que podría suceder en el caso que los tres restantes quisieran venderlo y yo no? En el vivimos ahora tres de nosotros. Yo no podría comprarlo por falta de posibilidades; tengo 50 años y una discapacidad física de un 35%
El que no vive actualmente en la vivienda está divorciado y sin hijos
Es mi vivienda habitual y siempre he tenido contratos temporales, por lo que no podría solicitar un crédito hipotecario; por la edad, probablemente tampoco me lo concederían
¿El hecho de tener la discapacidad influiría en el supuesto de que tuviéramos que llevar el caso ante el Juzgado? ¿Podría el juez decretar la venta del piso mediante subasta judicial u otra forma y yo quedar teóricamente desprotegido, siendo esta mi única vivienda?
Gracias
Las cuestiones relativas a la discapacidad no tienen nada que ver con la herencia. Usted es tan propietario como sus hermanos, y su parte se respeta exactamente igual que la de ellos, pero no más que la de ellos. Discapacidad, vivienda habitual y otros hándicaps personales quedan aparte, y si la casa no se vende y se demanda judicialmente la subasta, el juez la acordará así, teniendo que entregarse la vivienda al dueño que la adquiera. En el caso de que se quede en la calle o de que tenga otros inconvenientes, ha de recurrir a la consejería correspondiente de su comunidad autónoma, pero en ningún caso hacérselo pagar a sus hermanos.