Una persona ha sido declarada heredera por su padre pero ha instituido dos legados, uno para la viuda consistente en el usufructo vitalicio de todos sus bienes y otro para una nieta del causante (hija de la heredera) en 1/3 en pleno dominio con cargo al tercio de libre disposición. Ahora se va a vender una propiedad que el causante heredó de su madre en 100.000 euros. ¿cómo habrá de hacerse el reparto de esos 100.000 euros? Para la nieta un 1/3 por tanto, 33.333 y del resto habrá que valorar el usufructo sobre los 2/3 restantes con arreglo a las reglas fiscales, como la viuda tiene 70 años (89-70=19) el pago del usufrcuto será el 19% sobre los 66.666 restantes, por tanto= 12.666,54 euros para la viuda y lo demás (54.000 euros) para la heredera. ¿es correcto este cálculo? Gracias
Por lo que Ud. dice, parece que no se ha hecho adjudicación de la herencia. En caso de que se haya hecho, estará indicado en el cuaderno particional a quién pertenece ese inmueble que se vende.
Por otra parte, es incongruente que el testamento dejara el usufructo vitalicio de todos los bienes a la viuda, y el pleno dominio del tercio de libre disposición a la nieta. El pleno dominio excluye el usufructo.
Si resulta que el usufructo no es sobre todos los bienes, y efectivamente no grava el tercio que recibe la nieta, lo que habrá que ver en la adjudicación que se haya hecho (si se ha hecho, como dije en el primer párrafo), a quién se le ha adjudicado el inmueble que se vende. Si se ha adjudicado en pleno dominio a la nieta, es ella la que vende, y el dinero que se obtenga le pertenece a ella.
Aún no se ha hecho la adjudicación de la herencia y el usufructo no es sobre todos los bienes sino solo sobre los 2/3 de todos los bienes por lo que el 1/3 de libre disposición está atribuido el pleno dominio a la nieta. La herencia que forman varios bienes, está sin adjudicar a cada uno de los interesados. Este bien es el primero que se va a vender pero, está sin atribuir a una persona concrea y determinada. Por eso , es la pregunta, si estuviese adjudicada a una de ellas (la mujer, la hija o la nieta) sería ella la que vendería.