se pueden vender los derechos hereditarios en conjunto
en otras palabras, si hay 3 inmuebles y 8 herederos a partes iguales, los derechos de cada uno es 1/8 del valor del total, pero no es 1/8 de cada inmueble ... ya que, según su valor, los inmuebles se asignarán cada uno a dos o tres herederos (por ejemplo), y no cada unmueble a los ocho. Así, uno de los herederos puede vender su parte (1/8 del total), pero no puede vender 1/8 de un inmueble porque no sabe si su parte estará en ese inmueble o en otro.
por otra parte, si todos los herederos están de acuerdo, pueden vender cualquier inmueble perteneciente a la herencia, porque quien vende es la comunidad hereditaria, y una parte de la masa hereditaria pasará a estar en forma de dinero (el precio de venta) cuando antes estaba en forma de inmueble ... lo que no altera el valor y facilita el posterior reparto hereditario.
Entiendo. Y en caso de vender algun inmueble estando todos los herederos de acuerdo a la hora de hacer el reoarto hereditario en la escritura de adjudicacion, ¿tiene que figurar que esa casa se vendio por tanto y el dinero obtenido se reparte por que la casa o los porcentajes de esta ya no se pueden repartir pues esta ya se vendio? Creo tenga que figurar en la escritura para que luego el comprador pueda hacer la suya e inscribirla en el
rejistro de la propiedad.