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Vecino que niega la entrada en su vivienda para realizar obras en elementos comunes

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
Vecino que niega la entrada en su vivienda para realizar obras en elementos comunes
24/06/2008 18:25
Es necesaria la realización urgente de determinadas obras en una terraza de mi edificio. para poder acceder a ella, hay que pasar por la vivienda de un vecino que niega el acceso.

¿Qué puede hacer la comunidad para conseguir el acceso por esa vivienda?

Un saludo
24/06/2008 23:34
Dígale a ese vecino que se lea el artº 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (en especial el punto d) y que si sigue negandose, su presidente denunciará el caso en su ayuntamiento (area de urbanismo) siendo responsable de los desperfectos civiles o responsabilidades penales (llegado el caso) por no permitir el paso para hacer esa reparción urgente.

Si sigue es esa actitud, no lo dude y denuncie el caso.

En caso de haber algún incidente o accidente será él, el responsable de lo sucedido, y si tienen seguro con defensa jurídica, podría ser éste el que proceda legalmente contra este vecino.
25/06/2008 08:32
Acudan al juzgado y éste es el único que puede obligar al vecino a dejar pasar para hacer la obra;nadie más puede hacerlo.
perfil TN
25/06/2008 09:27
El Ayuntamiento no es el cauce correcto, se debe hacer judicialmente, no hay otra.
25/06/2008 09:45
¿´Cual sería el procedimiento a seguir en el Juzgado?
25/06/2008 15:36
Cuando actúe el juzgado el edificio se habrá caido, el ayuntamiento actuará antes mediante una visita y el vecino desistirá de su actitud.
perfil TN
25/06/2008 17:29
Para eso está el juzgado de guardia, por ejemplo.

El Ayuntamiento, sin orden judicial, tampoco puede entrar, con lo cual tampoco sirve de nada.
25/06/2008 18:28
Vas al juzgado de guardia y pierden el culo para ir a ver la humedad de un vecino. ¿sábes cómo están los juzgados de saturados? parece que no.
Si lo denuncias urbanismo del ayuntamiento seguro que tomarán cartas en el asunto y si no, la denuncia está hecha, además te asesorarán.
perfil TN
25/06/2008 18:56
Sé cómo están los juzgados y sé el funcionamiento de los de guardia, más que nada porque los suelo utilizar, tú lo has utilizado? parece que no. En unas pocas horas obtienes el permiso, siempre y cuando concurran circunstancias que lo aconsejen, claro. Si no es una cosa urgente, entonces se utiliza el procedimiento normal y ya asumirá el propietario las costas correspondientes.

Repito, el Ayuntamiento NO PUEDE HACER NADA LEGALMENTE porque ellos mismo deben acudir al juzgado para poder hacerlo.
25/06/2008 19:21
TN:
¿Cual es ese procedmiento normal al que te refieres?
25/06/2008 23:46
TN:
Me puedes informar por favor, en el caso que habeis expuesto, que pasaria, si el vecino accede al paso por su vivienda, voluntariamente, al menos tendran que respetar los horarios en los que el pueda dar paso no?, y en caso de que le produjeran desperfectos esteticos pasando materiales?, quien se haria cargo de los mismos?.
Gracias.
perfil TN
26/06/2008 09:13
El procedimiento normal es el del juzgado pero sin ser de guardia, esto puede llevar meses en arreglarse por lo que, si es una reparación urgente (escapes, peligro para el edificio o terceros, etc...) se puede acudir al juzgado de guardia y el juez puede autorizar la entrada forzosa.

Nefernefari, lo de respetar los horarios depende, tú imagina que alguien se va de casa a las 7 de la mañana y no vuelve hasta las 22, por ejemplo, cuándo van a hacer la reparación? en esos casos el propietario tiene que dar una solución (buscando a alguien de confianza que se quede) y, en última instancia dejar las llaves al administrador, que está obligado a estar presente haciendo responsable. Si se producen defectos, pues están obligados a repararlos, por supuesto.
26/06/2008 09:58
TN:

Por lo que dices, el tema debería ir por la vía penal, no?
perfil TN
26/06/2008 10:35
No, por lo civil.
26/06/2008 13:08
Y cual sería la acción a ejercitar en vía civil?
26/06/2008 19:04
Para TN:
Gracias por la respuesta TN, bueno, el caso que comentas es un poco extremo, aunque no dudo que los haya, pero en el post de este apartado que comentais, lo normal, tal como indicas, es que el vecino comentado facilitara en la medida de lo posible la entrada, bajo mi punto de vista, dame tu opinion, lo antes posible si la reparacion es urgente, sino lo es tanto, creo que con el acuerdo de que sea en dias que al propietario del piso pueda atender y vaya a estar en casa.
No veo muy claro el tema de dejar las llaves al administrador, no se si este punto es del todo muy legal, porque lo que no puede hacer ningun vecino, es obligar a otro a abrirle las puertas de su casa, cuando quiera el afectado, aunque no pueda estar por sus horarios, y no querer aclimatarse a los que el propietario de la vivienda pueda, eso es tanto como decirlo a alguien, abrenos las puertas de tu casa puedas o no, y vete a vivir donde puedas.
Perdona el rollo, pero el comentario y la consulta viene a colacion, de que yo soy propietaria de un bajo con terraza de uso privativo, y se, que en un futuro, cuando se decida arreglar la fachada, una de ellas solo tiene acceso por mi casa, que es la bajante que da hasta mi terraza, mi marido y yo trabajamos a turnos, y dorminos segun turnos, entiendo que dadas estas circunstancias, no creo que por ley me puedan obligar a dejar a quien no quiero las llaves de mi casa para entrar a montar andamios y que los obreros anden dentro y fuera sin estar yo, no se como lo ves tu, una cosa es una fuga de agua, y una obra puntual de poco tiempo, otra cosa es un arreglo que lleve dias y que el propietario tenga que marcharse de su casa sin saber lo que pasa en ella.
Dame tu opinion por favor, muy agradecida.
26/06/2008 21:50
Nefernefari.
Para tu caso, lo mejor irte a un hotel, con cargo a las obras.
Efectivamente no puedes alterar tu ritmo de vida a casua de otras personas.
Fijaros en unas comunidades no dejan enttrar a nadie y en otras a todo el mundo.
perfil TN
27/06/2008 09:40
Nefernefari, como tu caso hay cientos, cuando tienen que pintar un patio, por ejemplo, la entrada suele estar por los bajos, ya que por arriba gran parte de las veces está tapado.

En esos casos, hay que facilitar el acceso como se pueda, pero hay que hacerlo porque se está obligado.

Normalmente, en esos casos, basta que el primer día se entre por los bajos para colocar los andamios (en caso de que trabajen con andamios, a veces trabajan con cuerdas) y, después, si se puede entrar por los bajos, pues mejor, pero no suele ser necesario, basta que alguno de los pisos permita el acceso para entrar al andamio, siempre y cuando la colocación del mismo lo permita.

Pero estás obligada, siempre hay soluciones, creeme, me he encontrado con estos temas muchas veces y siempre se suelen resolver de una u otra manera.

Lo del Hotel no vale, sólo es para casos donde tú no puedas vivir porque te inutilicen el piso, no para este tipo de casos.

Casos particulares hay muchos, tantos como soluciones, el problema es que la ley te obliga y con eso debes contar para intentar buscar una solución que a todos os vaya bien.
28/06/2008 00:35
Gracias por la respuesta TN.
17/07/2008 13:11
Es obligatorio el abono de algún tipo de cantidad a la persona de confianza que quede al cuidado de la casa por la que se debe acceder para realizar esas obras, por no poder estar el propietario de la casa?

Puede exigirla ese propietario a la comunidad?