Tengo una casa en un pueblo de Burgos construida en 1.888 (anterior al código civil). En la fachada trasera el vecino ha elevado el suelo y ha puesto una cerca a su terreno con un muro de cemento para base de una verja a 50 cm de nuestra fachada que nos tapa una ventana. Encima ha metido unos postes para sujetar una verja de más de 2 m de altura, con lo cual, si la verja es tupida o pone setos nos va a tapar las otras 3 ventanas de la 1ª planta.
¿Es esto legal?
Nos dicen que al ser escrituras muy antiguas en las que no figura que tenemos "Servidumbre de luces y vistas" lo puede hacer.
¿Qué podemos hacer? Lo de servidumbre de luces y vistas aparece en el art. 585 del código civil, pero al ser la casa de un año antes a que hicieran el código civil ¿también nos rige esta normativa o tenemos otra salida?
Muy agradecida por su ayuda