¿Podemos afirmar de los valores superiores que son fuente de interpretación o más bien que son elementos constitutivos que integran propiamente el Ordenamiento Jurídico y además se constituyen como un mandato para el Legislador?.
Pues ya que estan en el art. 1 de la CE y la CE es derecho positivo (porque nos basamos en un concepto racional normativo de Constitución), no son fuente de interpretación sino elementos constitutivos dle ordenamiento jurídico y son un mandato para el legislador.
O sea, que si el legislador no respeta la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, vulnera la Constitución.
Ah! y eso no está en los manuales de derecho. Es Constitución pura y dura.
De entrada, es una ley destinada al cumplimiento íntegro y efectivo de las penas. Por lo tanto, no veo contradicción entre la ley y la CE ya que a los que delinquen se les pueden aplicar medidas restrictivas de su libertad (deambulatoria, en este caso). A mi me parece bien; otra cosa es que tu defiendas que el Código Penal no deba establecer penas de prisión, cosa que me parece desacertada.
O sea, creo que no vulnera el art. 1 CE.
Podria considerarse que vulnera el principio de igualdad, pero ya sabemos que son posibles las medidas discriminatoiras siempre que se acomoden al principio de proporcionalidad y al test de la igualdad. Por lo tanto, creo que esta ley tampoco vulnera el valor superior.
Yo no defiendo la barabaridad de que el Código Penal no establezca penas de prisión.
Sin animo de ser exhaustivo te dire que, cuando menos, vulnera los derechos fundamentales recogidos en el art.25 de la C.E. y choca frontalemnte con el art.9.3 tambien de la constitución Española.
Y, desde luego, repercute en el derecho a la igualdad, a la libertad deambulatoria, pues como tu dices pretende el cumplimiento integro de las penas y esto colisiona con los fines de reeducación y reinserción que constitucionalmente tiene consagrado. Es una ley injusta (aunque esto es tan opinable) vulnera los principios de seguridad jurídica e irretroactividad etc, etc.... Es una ley injusta, entendiendo justicia como principio informador.