Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Valoración de herencia.

2 Comentarios
 
Valoración de herencia.
10/06/2017 19:13
Buenas tardes,

Tengo un problema con la herencia de mis padres (ambos fallecidos), somos varios herederos (3) y uno no se pone de acuerdo en como valorar los inmuebles. Mi hermano y yo se lo hemos llevado a un abogado y nuestro otro hermano a su propio abogado.

El problema viene en que nos queda menos de un mes para liquidar el impuesto (se nos pasaran los 6 meses).

Las preguntas son:

1. ¿Que valor doy a los inmuebles si nuestro hermano no esta de acuerdo en dar los mismos valores que yo y mi otro hermano?

2. ¿Puedo dar yo el valor minino fiscal de los inmuebles aunque luego en la escritura de reparto del notario le demos un valor superior?

3. ¿Podemos dar distintos valores a los mismo inmuebles mis hermanos y yo?

4. ¿Puedo liquidar yo el impuesto o tiene que ser de forma conjunta con mis otros 2 hermanos y por los mismo valores de los inmuebles?

No quiero que se me pase el plazo y al no estar de acuerdo o liquido yo mi parte por mi cuenta aunque luego de en la escritura del notario un valor superior o se nos van a pasar los 6 meses para liquidar el impuesto, los 3 no veo forma de que presentemos el impuesto de forma conjunta al no estar de acuerdo en la valoración de los inmuebles y no podemos pedir una prorroga porque ya estamos fuera de plazo.

Necesito ayuda
10/06/2017 23:02
Srdetinta
No se confunda: la adjudicación de herencia no es el acto del reparto. La primera es un acto hereditario propiamente dicho, que ha de tasarse al precio que tienen los bienes en la fecha de la muerte del causante. Pida un certificado en la correspondiente oficina de la comunidad autónoma sobre el valor fiscal, liquiden a ese precio y procedan a la adjudicación. El reparto es un acto inter vivos, que deshace el condominio y presupone un acuerdo entre los propietarios. Tiene su propia entidad patrimonial y son los otorgantes los que asignan el valor. Si no están de acuerdo, no hay reparto. La liquidación del impuesto es algo que ha de tratar en la oficina de su comunidad, Para pagar le darán todas las facilidades.
11/06/2017 01:45
Grisolía
Lo primero gracias por responder.

1. Pido el certificado para conocer el valor fiscal, ¿y líquido solo mi parte del impuesto? Porque mi hermano no estará dispuesto a dar el valor mínimo fiscal, porque solo quiere efectivo.

2. ¿En el ISD puedo dar el valor mínimo fiscal y en el momento de la adjudicación de herencia dar más valor al inmueble del valor mínimo fiscal?

A todo esto el impuesto debemos liquidarlo en Castilla La Mancha, donde creo que solo se puede autoliquidae, la administración no lo hace, si se pudiera con dar todos los datos a la admón. ellos lo tramitarían todo (lo de los 3 hermanos). ¿Pero al ser autoliquidacion debemos presentar los 3 el impuesto conjuntamente? Veo complicada la salida y me preocupa.