Buenas tardes,
tengo una duda y agradecería a quien pudiera me ayudara a solventarla. ¿En caso de que un hijo que tuviera derecho a la parte legítima de uno de sus progenitores, pidiera que se le abonase la parte correspondiente y otro hijo tuviera que hacer frente a ese pago para realizarlo, se tomaría en cuenta el valor catrastal de la vivienda o se aplicaría otro valor diferente?
Es decir, a la hora de valorar una vivienda que correponde a varios hijos, ¿que valor se le aplicaría a esa vivienda?, ya que unos estarán interesados en valorar a lo bajo y otros a lo alto para recibir más dinero.