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Valor de venta de vivienda. Legítima.

3 Comentarios
 
Valor de venta de vivienda. legítima.
14/01/2018 19:52
Buenas tardes,
tengo una duda y agradecería a quien pudiera me ayudara a solventarla. ¿En caso de que un hijo que tuviera derecho a la parte legítima de uno de sus progenitores, pidiera que se le abonase la parte correspondiente y otro hijo tuviera que hacer frente a ese pago para realizarlo, se tomaría en cuenta el valor catrastal de la vivienda o se aplicaría otro valor diferente?
Es decir, a la hora de valorar una vivienda que correponde a varios hijos, ¿que valor se le aplicaría a esa vivienda?, ya que unos estarán interesados en valorar a lo bajo y otros a lo alto para recibir más dinero.

Gracias de antemano.
14/01/2018 21:26
bucefalo39
Se debe valorar a precio de mercado, ya sea al heredar o al vender. Esa es la ley.
02/02/2018 07:40
Pepe123
Se puede usar el valor catastral o buscar un perito tasador para que la tase a precio de mercado.
02/02/2018 09:56
bucefalo39
NO se puede usar el valor catastral. La ley dice que debe ser a precio de mercado.