Efectívamente el procedimiento adecuado es el indicado por Nov. Hay que rebatir con pruebas el informe de la policía municipal.
Este párrafo editado en tu post, fgal, no lo entiendo, ¿ puedes explicarlo ?
" Su "denuncia" se basa en una foto de mi puerta, donde por supuesto hay un rebaje en la acera realizado por ellos, desde un lateral, por que de frente no podían hacerlo al haber un vehículo estacionado "
Hola.
Intentaré explicar ese párrafo.
Tengo la modificación en la acera (vado), que en su día el ayuntamiento ejecutó cuando hizo la urbanización. Como "prueba" me muestran una foto en la que se ve mi puerta del garaje, pero tuvieron que realizarla desde un lateral por qué había un vehículo aparcado delante.
Que la policía realice un informe en que digan que se usa para otro fin, no lo veo, ya que hay trastos pero el coche cabría perfectamente y tampoco es mi intención cambiarle el uso, simplemente cuando decida meter el coche y comience el "aprovechamiento" pagaré mi tasa y solicitaré mi licencia ( que es lo que dice la ordenanza en el artículo 4). Lo único, es que podrían ver que no hay marcas de neumáticos ni en la acera ni en el garaje, pero por lo que me han dicho a ellos eso les da igual, o podrían preguntar a los vecinos.
Sobre todo era por si se pudiera alegar algo, que por lo menos les diera que pensar.
Aunque creo que me tocara pagar (sin tener que hacerlo, según el artículo 4 de la ordenanza), me gustaría por lo menos intentarlo.
Por cierto, no hay ningún informe policial por su parte, sólo la foto que comento realizada por un "inspector".
El ayuntamiento no puede requerir al pago de una tasa o dar de alta de oficio una licencia de oficio sin la tramitación de un procedimiento.
Si la policía realizó unas fotos del supuesto paso de vehículos y el ayuntamiento te requiere al pago de la tasa correspondiente en base a esas fotos, es evidente que se ha tramitado un procedimiento.
Así pues, no te quepa ninguna duda que en dicho expediente constará un informe de la policía al que se adjuntarán las fotos a modo de justificación.
Si consideras que el informe de la policía falta a la verdad es lo que tendrás que demostrar en tus alegaciones.
Hola de nuevo:
alga, como comento, no hay ningún informe policial adscrito a ese expediente, simplemente tienen una foto realizada por un "inspector" del ayuntamiento en la que simplemente se ve la puerta de mi garaje y la acera.
El ayuntamiento me remite al artículo 2, en el que ellos "presumen" ese aprovechamiento actualmente y los últimos 4 años, para reclamarme el pago.
Lo que está haciendo el ayuntamiento de Murcia es abrir procedimiento a todo el mundo, si alegas que no existe el aprovechamiento, te lo deniegan. Si quieres seguir adelante... busca un abogado y al final, te sale más caro que el pago que te reclaman.
Se están aprovechando de eso.
Para hacer esa afirmación entiendo que habrás accedido al expediente, en cuyo supuesto algún comentario sobre la fotografía habrá dejado constancia el policía, inspector o como quiera que se le denomine.
Pregunte en que se basaban y me dijeron si queria ver la foto... Y eso tienen. Por supuesto que el inspector ha hecho un informe, pero en el que pone lo que mide la puerta del garaje, que hay vado, una fotografia de ambos y nos vamos al articulo 2. En el Ayto me dijeron que ellos se basaban en el articulo 2 y les sobra. Reconozco que hay que a la que han pillado infraganti, pero vamos a pagar justos por pecadores.
El afán recaudatorio no tiene fin.
Un Saludo y gracias.
Hola de nuevo. El afan es puramente recaudatorio, de eso no hay ninguna duda. En años de bonanza ni se preocupaban, pero ahora que han dejado las arcas endeudadas, cualquier fuente de ingreso es válida para pagar sus nóminas.
Por concretar, yo veo dos frentes abiertos. El primero es la deuda correspondiente a los 4 últimos años. Al existir un informe de un inspector de la concejalia de hacienda en el que se detalla que en tu propiedad existe una puerta de garaje y seguramebte un rebeje en la acera (muchos del Plan E) y no se ha pagado el correspondiente impuesto, no hay más alternativa que pagar. La única forma de evitar este pago sería presentar un inforne con fecha 2010 en que se acreditase que tu garaje en realidad es una cocina, un trastero o cualquier otra parte de tu casa distinto de una garaje. algo que obviamente no tienes.
El otro frente es el pago a futuro. En este punto es donde sí se puede actuar. Necesitas un informe en el que se constate que el garaje ya no es garaje sino vivienda. El informe se presenta ante el ayuntamiento y debe ser lo suficientemente claro para que el funcionario de turno no quiera enfrentarse a una denuncia por prevaricación, algo que ocurriría si a pesar de presentado el informe con pruebas irrefutables de que el garaje ya no es garaje, se empeña en seguir considerabdole como tal.
Para este objetivo, tal como cometaba antes, se puede modificar la escritura de la casa con el incremento de metros cuadrados de la casa correspondientes a los perdidos por el garaje (lo cual afectará al IBI). Tambien se puede tapiar la entrada de vehículos y cerrar el muro donde está la puerta de garaje. Una vez hechos los cambios hay que solicitar al ayuntamiento que vengan a realizar la comprobación y levanten acta. Lo puede hacer el inspector o la policía y en caso de reiterada obstaculización hasta un perito. Cualquier cosa vale para demostrar que el garaje ya no es garaje. Si con todas pruebas, el ayuntamiento sigue queriebdo cobrar el impuesto, bastará con una visita al concejal de turno para explicarle que la denuncia no va a ir contra el ayuntamiento sino contra él de forma particular, por entender que se está realizabdo un delito de precaricación.
Es cuestión de hacer números y ver lo que sale más rentable. De ésto se aprovechan.. Lo tienen todo pensado.
Hola a todos, yo vivo en un pueblo y tengo un garaje muy pequeño (lo justo para un solo coche) en mi casa particular, mi calle tiene 4 metros de anchura, es de un sentido y tiene en la entrada de la calle dos señales de prohibido parar y estacionar en esa calle. Mi consulta es... ¿Me puede obligar el ayuntamiento de mi pueblo poner un vado que no necesito porque mi calle es 4 metros de ancho y está prohibido parar y estacionar? Gracias.
El ayuntamiento es la administración competente para autorizar y requerir su solicitud, cuando dispone de ordenanza reguladora, por lo tanto deberá proceder conforme dispone la respectiva ordenanza respecto a esa calle.