Estoy casada por segunda vez, no tengo hijos de mi actual marido, sí tengo dos del anterior.
En el Testamento, dejo todo a mis hijos, pero me pregunto ¿TENDRÍA QUE DEJAR ALGO EN USUFRUTO A MI ACTUAL MARIDO?.
¡Muchas gracias!
Cuando los hijos son solo del conyuge fallecido, en ese caso, y solo en ese caso, el conyuge viudo puede exigir que se le pague su usufructo, bien en dinero ó en bienes, a elección de los hijos.
Por lo tanto, tu marido tiene derecho a usar 1/3 de tus bienes, ó a recibir de tus hijos la capitalización (90 menos su edad en el momento en que quede viudo) del mismo.