Soy viuda desde hace 6 meses y tengo dos hijos. En el testamento dice que mis hijos son los herederos de todo, pero que yo doy usufructuaria de los bienes. Tengo entendido que también soy dueña de un tercio de esos bienes. Es posible que al hacer mi testamento pueda hacer heredero de ese tercio a uno de mis hijos solamente? Los bienes en este caso son un piso del que ahora disfruto y una casa de campo. De esas dos propiedades que se dejaron para mi hija, ¿Yo soy propietaria de un tercio? Ese tercio ¿ se lo puedo dejar a mi muerte al otro hijo?
Muchas gracias.
Usted tiene el usufructo de todos los bienes de su difunto marido, es un derecho sobre el todo aunque no se lo hubiera reconocido en eltestamento su marido que conforma una de las figuras más importates del derecho aragonés en materia de sucesiones. Sin embargo, lo de la propiedad del tercio no es así. Si en el testamento no la designa su marido heredera de ese tercio que usted comenta, sus herederos son sus hijos. Usted puede hacer testamento y los bienes que sean de su propiedad (no los usufructuados) repartirlos desigualando a alguno de sus hijos si ese es su deseo, y sólo sobre sus bienes. Las propiedades que sus hijos han heredado son exclusivamente de ellos por lo que sobre ellas usted no tiene poder de disposición; pero en cualquier caso, debería acudir a un abogado de su localidad para que le asesore.