Tu padre puede pensar lo que considere oportuno. Cosa distinta es que tenga alguna posibilidad de legalidad. La cuota viudal está perfectamente definida en el codigo civil español, y es INAMOVIBLE.
A menos de que esteis en alguna Comunidad Autónoma con derecho sucesorio propio, en cuyo caso tendrias que consultar a dicha Comunidad.
Mi padre en disposición testamentaria reduce el usufructo a mi madre en un 10%. Caso de fallecimiento de mi madre tanto civil como fiscalmente se reducirá a este 10% el tercio de mejora?