Buenas tardes,
mi madre falleció hace cinco años en Galicia sin otorgar testamento. Mi padré pasó a tener el usufructo de una cuarta parte de la herencia.
En estos momentos él se ha vuelto a casar.
Mis preguntas son:
1) ¿Ha perdido él el usufructo de esa cuarta parte?
2) En caso de haberlo perdido ¿cómo se tramita o notifica esa pérdida ante las distintas administraciones públicas?
3) A la hora de vender una propiedad herencia de mi madre, que a su vez era herencia de mi abuelo, ¿tengo que contar con mi padre para algo?
1).- No. Cuando de pierde el usufructo al casarse de nuevo, o al vivir en pareja, es cuando testamentariamente se le concedió al usufructo de TODOS los bienes
2).- No es el caso
3).- Conviene hacer la partición y aceptación de herencia, asignando a su padre el usufructo sobre esa 1/4 parte, o acordando la compensación económica. Solo así tendrá plena disposición de los 3/4 de la herencia, y nuda propiedad de 1/4. Entretanto no se haga nada, ha de firmar su padre, como miembro de la comunidad hereditaria en una herencia yacente