Mi marido tiene dos pisos, uno está alquilado y quiere darme el usufructo vitalicio de este piso. El tiene, de su anterior matrimonio, 3 hijos mayores casados. Qieremos saber si este tipo de usufructo que hay que pagsr derecho real se puede hacer ya que el tiene sus herederos y que pasaría con los actuales inquilinos, quedaría sin efecto el contrato?
Si no perjudica las legítimas puede hacerlo sin ningún problema. Si no también (la donación sería válida) pero cuando falleciera quizá podrían pedir algún reembolso, pero estando casados se puede arreglar en testamento agregando la cláusula socini o permitir el pago de la legítima en dinero, según valgan los inmuebles, eso con ir a la notaría (que de todas maneras hay que ir para la donación del usufructo) te lo explican.
Sobre los inquilinos: no, en absoluto, el contrato sigue en vigor. Si tienes tú el usufructo las rentas del alquiler serán tuyas (aunque si estáis casados en gananciales de momento viene a ser lo mismo). El usufructo de un bien da derecho a usarlo y a obtener los frutos de su rendimiento, no es un mero derecho de uso. De cara a los inquilinos es como si pasaras a ser la propietaria, con el mismo contrato en vigor.
Gracias porctan valiosa información. En que caso el usufructo vitalicio puede perjudicar las legitimas?. Estamos casados con separación de gananciales.el usufructo vitalicio sería al 50 por ciento
Por otro lado está hecho el testamento con la cláusula socini y dice que yo como usufructuaria tengo que encargarme de pagar la comunidad y los impuestos pero sin embargo tengo entendido que en el usufructo vitalicio paga el propietario la comunidad. No se como será entonces. El usufructo vitalicio es al 50 por ciento y de los 2 pisos de uno de ellos tengo soy propietaria de un 10 por ciento
La renta del alquiler la cobra mi marido porque el es el titular de las propiedades. En el caso del usufructo vitalicio cobrariamos a medias el alquiler?