Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

usufructo universal y vitalicio, nuda propiedad

2 Comentarios
 
Usufructo universal y vitalicio, nuda propiedad
03/07/2011 10:21
El testamento de mi padre dice que lega a su esposa el usufructo universal y vitalicio de su herencia con relevación de inventario y fianza, facultándola para tomar por sí misma posesión de su legado, e instituye por sus herederos de la nuda propiedad a sus hijos. A ver si podéis traducir esto a lenguaje de la calle. ¿Quién hereda qué? Gracias.
03/07/2011 20:23
Haber Xali: Tu padre le deja a su esposa el "uso y disfrute de todas sus propiedades", estas las puede usar su esposa y disfrutar de ellas, bien con el uso o el alquiler de las mismas como ella disponga; siempre y cuando las conserve en buen estado, pero, NO LAS PUEDE VENDER, porque los hijos teneis la nuda propiedad, sois los PROPIETARIOS REALES DE TODO CUANTO DEJA TU PADRE, pero no lo podreis disfrutar mientras la "Usufructuaria" no renuncie al "usufructo" o fallezca; o bien, si os poneis de acuerdo, cuantificais el valor del usufructo y la pagais a la usufructuaria este valor, bien en metalico o con bienes en propiedad.
En cuanto a los hijos, si tu padre no dispone la forma de adjudicarse la herencia entre vosotros en testamento, tendreis que poneros de acuerdo y repartiroslo; si no llegais a un acuerdo, tendreis que acudir al juzgado, (cosa poco aconsejable, pero en ocasiones no hay mas remedio), y el juzgado mediante procedimiento de division y adjudicacion de herencia ira resolviendo ( pleittos; abogado, procurador, dinero, tiempo,...etc, y esto se puede dilatar, con el correspondiente mal rollo ,coste psicologico...etc.) Valorar la situacion y actuar en consecuencia, a sabiendas de esto.
Un Saludo y Suerte.
04/07/2011 10:05
Xali, en lenguaje de la calle: que hasta que no falte la esposa de vuestro padre, no hagáis nada. En ese momento tomaréis posesión de vuestra herencia. Mientras tanto ella lo disfruta y os lo ha de cuidar.

Si hay inmuebles ella se ha de hacer cargo de IBI, suministros, etc. El seguro que conserva la propiedad no se yo si os interesa más contratarlo a vosotros...

Saludos