De nada, pero no lo acabo de entender: ahora el usufructo es de la madre al 100 %, y luego los hermanos tendrán la plena propiedad (= nuda usufructo), podrán hacer con ella lo que quieran, incluso cederle sólo el usufructo.
Saludos,
Gracias Pomares, Si vendérsela si .. pero ¿ceder el usufructo de esas partes también? no esta en situación de comprarnos pero los 2 hermanos queremos de alguna manera tranquilizarla.
Buenos días, Milespadama, entiendo que la madre deja sólo su 50 % a la hija, así que lo que quieran hacer los otros hermanos con su 16'66 % no forma parte de ninguna operación de reparto de la herencia materna, sino que simplemente podrán donársela o vendérsela a la hermana.
Saludos,
Buenos dias, agradeciendo de antemano vuestra ayuda os planteo mi problema
3 hermanos, por herencia del padre nudo propietarios cada uno del 16,66 % de un piso con trastero y garaje, la madre viva es propietaria del otro 50 % además del usufructo de la totalidad.
en testamento la madre estipula que el inmueble pase a uno de los hijos compensando a los otros dos con el resto de su patrimonio a partes iguales superando este la legitima.
¿Pueden los dos hermanos a la muerte de la madre cuando recuperen la propiedad plena ceder sus respectivos 16,66 % a la hermana que queda con la mayoria de la propiedad?
¿Qué habría que hacer?