Exactamente. Cuando fallezca la nuda propiedad pasará a ser pleno dominio. No hay que pagar ningún impuesto, simplemente se extingue el usufructo. Lo único que tendrán que hacer es notificar al Registro de la propiedad que el usufructo ya no existe.
Un saludo.
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Si, únicamente vivimos en el. Entonces cuando fallezca esa 1/2 de nuda pripiedad pasa sin mas a ser pleno dominio??, hay que pagar algun impuesto por ese fin de usufructo?
Muchas gracias por su atencion
Los herederos tendrían derecho a percibir los frutos que arrojase el usufructo (las rentas de un alquiler en caso de que su abuelo arrendase el piso). Si únicamente vive en el piso cuando fallezca el usufructo se extinguirá sin más.
Un saludo.
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Tengo 1/2 vivienda de nuda propiedad - por apartacion de herencia, (la otra 1/2 es de pleno dominio por herencia). De la 1/2 de la apartacion tiene el usufructo mi abuelo qye a dia de hoy vive, mi pregunta es la siguiente:Ese usufructo da derecho a algo sobre la vivienda a sus herederos cuando fallezca? ?? (Los herederos son 2 hijos y mi padre que ta falleció).