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usufructo de vivienda en herencia

3 Comentarios
 
Usufructo de vivienda en herencia
09/07/2015 04:16
Buenas noches,

Expongo mi caso por si alguien tiene una visión clara sobre lo que debería suceder.
Tenemos una vivienda que es propiedad de un matrimonio con dos hijos. Muere uno de los cónyuges y al año siguiente el otro.
Entiendo que con la primera defunción la vivienda pasa a ser 50% del otro cónyuge, 25% de un hijo y 25% del otro.
Al morir el segundo cónyuge entiendo que la la vivienda pasaría a ser propiedad al 50% de los hijos.
El problema viene cuando uno de los hijos exige la propiedad de la vivienda, y quiere echar al otro, que ha estado viviendo con los padres los últimos 25 años en ella.
¿Podríamos decir que éste último tiene el derecho de usufructo por ser su vivienda habitual los últimos años, y el otro tiene la "nuda propiedad?

Un saludo.
09/07/2015 08:02
Se entiende que no hay testamento.

A cada hijo corresponde el 50% de la herencia del padre y el 50% de la madre. Si no hay otros bienes, cada uno sería dueño de la mitad de la vivienda una vez adjudicadas las 2 herencias, sin que ninguno de los 2 tenga más derecho que el otro por haber vivido en dicha vivienda o lo contrario. Si en las herencias hay más bienes, al hacer la adjudicación y reparto, los herederos pueden acordar la forma en que se lo reparten (por ejemplo, si la casa vale 50.000 euros y hay también 50.000 en efectivo, pueden acordar repartir ambas al 50% o quedarse uno la casa y otro el dinero).

Respondiendo a su pregunta, ninguno de los hijos puede exigir quedarse con la propiedad de la vivienda, ni el que ha vivido en ella ni el otro.

Por otro lado, ninguno está obligado a permanecer en una copropiedad si no quiere: si no llegan a un acuerdo amistoso de compra entre ellos, se puede pedir la disolución por vía judicial (al final, se vende y se reparte).
09/07/2015 09:38
Buenos días.

En el caso expuesto, ninguno de los herederos tiene un derecho de usufructo sobre la vivienda.

Por lo que expone, entiendo que no hay testamento y por tanto no se ha nombrado contador-partidor. En ese caso si los llamados a ser herederos no se ponen de acuerdo para la división de los bienes, pueden acudir a los tribunales para realizar judicialmente la división del patrimonio hereditario.

Un saludo

Silvia Martínez
Abogada
914353002
www.abogadoshermosilla.com
09/07/2015 12:42
gracias, me queda bastante clara la situación

un saludo