TIENE USTED RAZON.
Es cierto en la escritura de herencia pone "han sido declaradas herederas abintestato de Don FALLECIDO, por derecho propio e iguales partes indivisas, sus hijas, Doña HIJA 1, Doña HIJA 2 y Doña HIJA 3, sin perjuicio del usufructo viudal de la mitad de la herencia y el derecho de habitación en la vivienda conyugal, legalmente atribuidos a su cónyuge Doña VIUDA."
No se ha hecho la disolución de bienes gananciales, porqué nos dicen que hay que hacerlo conjuntamente a la herencia.
Hay un problema ya que HIJA 1 e HIJA 3 no quieren hacer la repartición de la herencia. Están dejando el tema después de ya 3 años.
La VIUDA está con HIJA 2 desde que falleció el padre.
Mientras HIJA 3 se ha metido en las 2 propiedades y no nos deja entrar en ellas. Habiendo cambiado cerraduras y candados.
¿ El usufructo de las viviendas y posesiones en la situación actual es 100% de la VIUDA ?
¿ que pueden hacer HIJA 2 y VIUDA, para poder partir la herencia ?
¿ Y, mientras tanto que la VIUDA pueda acceder a las viviendas ?
¿ Se puede como usufructuario cambiar las cerraduras y que entre quien la usufructuaria quiera?
¿ En caso de que NO, se puede pedir el uso por turnos de las viviendas, mientras se resuelve la herencia ?
¿ El hecho de que Doña VIUDA viva en este momento con HIJA 2 ( ya que no puede acceder a sus viviendas ) cambia algo ?
No puede haber una escritura de aceptación de herencia en la que no participe la viuda en condición de heredera forzosa con respecto al usufructo; y que además se haya hecho un inventario de bienes tras la disolución del régimen matrimonial entre aquella y el difunto, que será precisamente lo que se acepte. Por lo tanto, compruebe la escritura de aceptación para ver el contenido y alcance del derecho aceptado por la viuda, y en lo que respecta a los términos posesorios, si un heredero usa un inmueble, le tiene que pagar un alquiler a los demás.
Hola.
SITUACION : Fallece el padre hace 3 años sin testamento. Casado en bienes gananciales. No se ponen de acuerdo a día de hoy. Se ha aceptado la herencia, pero 2 hermanos no quieren partir la herencia. Tienen terrenos ( no muy buenos ), un piso en la ciudad y una casa y una nave en el pueblo. Uno de los hijos sin estar empadronado en ninguna de las viviendas, las ha ocupado e incluso ha cambiado cerraduras y candados para que no entremos nadie.
¿ como funciona el usufructo ? por defecto es para la madre o hay que hacer algo.
¿ que podemos hacer para que la "okupa" deje las viviendas ?
¿ Hay algún caso en el que no podamos entrar en alguna de las viviendas ?
¿ se pueden pedir medidas cautelares para que el usufructo sea de la madre, en tanto se resuelve la herencia ?
GRACIAS