Buenos dias!
A ver si me pudiesen ayudar .Mi padre falleció dejando dejando a sus hijos de herederos universales y a mi madre el usufructo vitalicio de todos sus bienes. Mi madre se ha fundido todo el dinero.debido a la mala relación con los hijos mi madre nos deja a los hijos la legitima y el tercio de libre disposicion a otra persona .Cuando mi madre fallezca podemos reclamar el dinero que se gasto sobre la parte de libre disposicion?
Un saludo
No es muy ortodoxo hablar sobre el testamento de otra persona, pues finalmente ni se sabe quién morirá antes ni tampoco cuál será el último testamento. El usufructo del dinero en cuenta corriente significa que el usufructuario puede gastarlo todo, con la única condición de que el dinero íntegro esté el día de su muerte en la cuenta corriente. Si no es así, y antes de hacer el reparto de herencia, se carga contra la masa esa cuenta, que se ha convertido en deuda y se computa como cualquier otra. Una vez saldadas de esta forma todas las deudas, se reparte lo que reste en las magnitudes señaladas en el testamento. No puede cargarse esa deuda sobre una de los tercios hereditarios, dejando libres los otros.