Hola a todos, mi duda es la siguiente: por fallecimiento de la mujer el cónyuge supérstite tiene el usufructo vitalicio de la vivienda familiar y la hija es la nuda propietaria, al heredar de su madre dicha vivienda por ser única heredera. Resulta que ahora el padre está saliendo con otra mujer, y está haciendo obras en dicha vivienda para ponerse a vivir en ella con la "nueva compañera". Entiendo que siendo usufructuario tiene derecho a usar y disfrutar la vivienda mientras viva, pero tanto si convive o se llega a casar con la "nueva compañera", qué pasará con ésta, si fallece primero el padre usufructuario, tendrá que desalojar la vivienda ya que entonces será única propietaria la hija por extinción del usufructo? Gracias de antemano.
Si fallece primero el padre usufructuario, efectivamente la nueva compañera tendrá que abandonar la vivienda, ya que se extinguiría el usufructo y que es la única heredera, salvo que el padre antes de morir hiciese testamento en el que dejase a la nueva compañera el tercio de libre disposición.(Claro siempre y cuando la casa fuese al 50% entre ambos conyuges)
Gracias Hammada, la casa era propiedad única y exclusivamente de la mujer y ahora es nuda propietaria la hija, por tanto, tal y como dices la nueva compañera no tendrá más remedio que abandonar la vivienda, cierto? Un saludo
Efectivamente, ya que al ser un bien privativo de la señora, el marido no tiene ningún derecho de propiedad, y como se ha mencionado anteriormente, a la muerte del padre la hija debera cancelar el usufructo en el Resgistro de la propiedad, adquiriendo el pleno dominio del 100% de la finca.
Pero al ser vivienda conyugal de la segunda esposa (podria estar empadronada en ella), ¿tiene la segunda esposa derecho a permanecer en la vivienda, si no posee ninguna otra?.