Hola un cliente ha estado pagando la contribucion de unas tierras durante de 40años y tiene los recibos, pero las tierras no son suyas son de unos primos que se las regalaron hace 40 años y que ya han fallecido.
¿cual es el procedimiento para poner estas tierras aa nombre del cliente?creo que tengo que iniciar un proceso judicial pero no se por donde empezar.
Un saludo
Entiendo que el "regalo" fue verbal y por tanto no hubo donación, por lo que tu cliene ha adquirido la propiedad por usucapión. Precismante tengo yo ahora que presentar una demanda similar y estoy estudiando el tema, así que te contaré lo que hasta ahora he concluido.
Lo que debes hacer es presentar una acción declarativa de dominio para que se declare que tu cliente es propietario de la finca por haberla poseidao durante más de 30 años en concepto de dueño, no precisándose ni justo título ni buena fe, eso sí, se ha de acreditar dicha posesión en concepto de dueño.
La demanda la has de dirigir contra los titulares registrales de la finca. En mi caso la titularidad data de hace más de 100 años por lo que creo que la demanda debo dirigirla contra los "ignorados herederos ...".
Espero que te sirva, en cualquier caso estoy a la espera de que alguien más aporte algo sobre el tema ya que, como te digo, justo ahora estoy estudiando.
Te lo agradezco pero no tengo ninguna dirección de correo que pueda poner aquí públicamente, ¿te sería posible pegar cuanto menos el suplico de la demanda en el mensaje?
En mi caso tengo que demandar a los ignorados herederos del titular registral, aunque ya lo hice hace tiempor en otro procedimiento con la antigua LEC se me plantea la duda de si con la actual LEY es igual. Puese una pregunta en el foro de procesal pero nadie me contestó, a ver si aquí tengo más suerte y alguien puede aportarme algo de luz sobre esta cuestión.
Ah una cosa más cuanto supone economicamente todo este proceso para el cliente? Es que esta dudando si le conviene empezar todo este proceso por si le cuesta mas que lo que le van a dar al vender las tierras.
Me hariax un favor si me facilitas una cifra aproximad de honorarios y d ecostas si las hay y demas.
Un saludo
Pues pongo el link y no me sale... bueno ya lo trataré de buscar con calma...
Respecto a los honorarios, al tratarese de un declarativo entiendo que la cuantía del procedimeinto es el valor que tiene el bien cuya usucapión pretendes, por lo que te vas a las normas de honorarios que tu colegio establezca...
Aquí también yo tengo la duda del valor que le he de dar a la demanda, en principio será el valor de mercado del bien inmueble ... que siempre será muy superior al catastral claro ...
lau.novato, ya conseguí ver el enlace que me copias, pero realmente esa no es la acción que tu tienes que ejercer. El formulario que pegas es de una acción reivindicatoria para recobrar la posesión de un bien del que tienes titulo dominical,,,, en tu caso (y en el mio) es lo contrario, tienes la posesión del bien pero no tienes título por lo que pides que se declare dicha titularidad dominical como consecuencia de la prescripción adquisitiva.
Hola cova, me equivoque de link y te puse el de una accon reivindicatoria pero despuest ienes pegado el de la usucapio.Te lo vuelvo a poner
http://www2.cgae.es/docftp/s9008DEMANDA USUCAPIÓN SOBRE UNA FINCA.doc.
Por icerto no te entiendo, cómo que la cuantia del procedimiento es el valor que tienen el bien que queremos usucapir.
Lo que te quiero decir con la cuantía del procedimiento es que cuando formules la demanda tendrás que expresar la cuantía (sobre la que se calculan los honorarios) y esa cuantía del procedimiento entiendo que es el valor del bien objeto de procedimiento.
Respecto al formulario perdona pero no me había fijado que me habias puesto finalmente el de la usucapion, lo que pasa que este me da error, no puedo abrirlo. ¿cómo buscas estos formularios?.
Tomo buena nota de lo que comentais aquí pues yo estoy en la misma situación que vosotros.
El problema que yo tengo es que no tengo contra quien plantear la Demanda ya que no existen titulares registrales ni conozco a los herederos del transmitente,el catastro está a nombre de mis clientes.
Joven Abogada... pues complicadillo es el tema, ¿como no demandes a los colindantes...? no se, es una reflexión por eliminación... Algo que podías hacer es ir directamente al Juzgado, te buscas a un Secretario Judicial o un Juez que sea un poco enrollado (en el caso de que sean varios Juzgados) y plantear la duda directamente...
Es en la pagina del consejo general de la abogacia.
De todas formas mete en google, formulario demanda de dominio por usucapion y la primera pagina es la del CGAE. Ahí tienes varios formularios y uno de ellos es este.