Necesito ayuda por el siguiente tema.
Mi cliente quiere comprar un local cuyo titular registral falleció (sin herederos aunque habrá que comprobar) y la persona que vive ahí desde más de 20 años está dispuesto a vendérselo. Plantean que mi cliente correría con los gastos del procedimiento judicial necesario para que reconocieran la titularidad del que ha vivido tanto tiempo.
Parece que lo que corresponde es un proceso de USUCAPIÓN aunque me encuentro con la siguiente documentación: recibos del IBI a nombre del titular registral y actas de juntas de propietarios donde sí figura el interesado en usucapir, así como algún presupuesto para obras que se realizaron.
Mis dudas son:
1.- Sería suficiente con demostrar que es mi cliente quien ha pagado los IBIs a pesar de que conste el otro titular? Sería viable el proceso?
2.- Qué otra prueba podría solicitarle para fundamentar nuestra pretensión?
3.- Por lo que he expuesto del caso, la vía de la USUCAPIÓN sería la procedente o el juicio ordinario de acción de dominio? Es que no entiendo muy bien la diferencia entre los diferentes procesos que se barajan.
Muchas gracias de antemano por vuestro tiempo y experiencia.