Poseo un terreno urbano sin edificar y el colindante no aparece en el registro de la propiedad ni se conocen sus herederos. El solar no tiene división de ningún tipo. En el catastro aparece con un solo numero que es el que aparece en mi escritura. El acceso al terreno solo es posible por mi propiedad y desde que se recuerda en el pueblo, no ha pedido nadie acceder al solar colindante ni ha habido modificación ¿Cual seria la mejor manera de adquirir dicho solar legalmente?
Buenos días, j morales m; pues habría que estudiar esos documentos que menciona, las fechas y superficies, claro, porque lo extraño es que la finca colindante no exista ni para el registro ni para el catastro (que, si no he entendido mal, considera ambas fincas como una sola, la suya). Según como, incluso sería posible una simple rectificación registral.
Saludos,
Pomares, gracias. En el Registro aparece como colindante el mismo nombre que en mi escritura, (quizá por información de nuestra escritura), pero nadie conoce a esa persona, ni herederos, ni si lo transmitió alguna vez. Ambos solares podrían proceder de una segregación de solares y unos fueron registrados y otros no. Es posible que como el solar es muy pequeño y vale muy muy poco, ningún heredero haya querido tomarse la molestia de poner al día las escrituras si es q la hay. Es muy importante el hecho de q el acceso al solar, desde q se recuerda, ha sido por la puerta del mío y una vez dentro no hay separación física alguna. El Catastro siempre ha tomado todo el terreno como un solo solar con una sola ref. catastral cuyo IBI esta a mi nombre y pago yo. Si construyo algo en el mío ese solar será un problema de basura por el abandono. ¿Alguna solución para adquirir? ¿El ayuntamiento podría ayudar en algo al estar todo el solar a mi nombre en el catastro?. Gracias,
En las fotos de 1956 que hicieron los americanos, o las posteriores de 1961 en adelante tiene que verse si eran fincas del mismo dueño o no.
El problema planteado parece que está en la superficie y no en las lindes, mi opinión es que para ello tiene que hacer una escritura nueva en la que se incluya la nueva superficie. Y para hacer esa escritura nueva con exceso de cabida tendrá que ir al juzgado, porque ya los notarios no aceptan esos excesos de cabida, y allí le indicarán si lo que debe hacer es: un acta de notoriedad o un expediente de dominio.
Gracias Trado. En las fotos que mencionas no aparece separación física alguna. Intentaré lo que sugieres adjuntando un escrito firmado por los vecinos mas antiguos de la zona en donde manifiesten que no han visto desde que se recuerda, a nadie acceder al solar en cuestión y que la única puerta siempre ha sido la mía. En cuanto al catastro, figuran los mismos metros que en mi escritura pero con diferente distribución, mas fachada y menos profundidad en el catastro. Se da la circunstancia de que el lindero del fondo es un barranco de titularidad municipal. Por último, ¿habría posibilidad de solicitar al ayuntamiento que inicie un expediente de expropiación y posterior subasta por interés público?. El precio x M2 y los metros en cuestión son tan ridículos que lo mas barato sería comprar al dueño si lo hubiera, pero ya dije que no hay forma de conocerlo o saber de los posibles herederos. Gracias de nuevo, un saludo y feliz año.