Yo soy partidario de reclamar la deuda contra los ignorados herederos explicando que poseís el terreno desde hace años, embargar y subastar, e inclusop podeis reclamar todo tipo de gastos hechos en la conservación y mejora de la finca. Sí no hay herederos es muy dificvil que el Estado salga reclamando su derecho, solo lo hace cuando alguién denuncia el hecho y lo pide o cuando las herencias son muy grandes.
En catalunya no es el Estado es la Generalitat respecto a los bienes de catalanes, salvo en casos de abando donde el dueño sería el Estado
En cuanto a la usucapión ordinaria y extraordinaria en cataluña ahora son 20 años.
Saludos.
Perdona mi intromisión osbalro, pero sí, tu deberías participar en la subasta para poder adquirirlo, por ello hace referencia covafe a lo de la entrega de dinero a un subastero para que no participase en la subasta y se lo adjudicase su cliente.
En cuanto a lo de que si no te lo adjudicases en la subasta perderias el dinero que pagaste entiendo que no, ya que se supone que el terreno se subasta para hacer frente a la deuda que hay contraida con usted.
-Contestando a Covafe: ¿Entiendo que denunciaría a los herederos desconocidos para que me indemnizaran los pagos que yo he efectuado, al no haber herederos el estado volvería a subastarlo y yo tendria que participar en la subasta para poder adquirirlo? ¿Si pierdo la subasta, pierdo el dinero que pagué para que no se subastara?
-Contestando el 2º post de guarromán: No hay contrato ni justo titulo = 30 años. ¿no?
otra posibilidad es elevar a público contrato privado de compraventa o bien, usucapión extraordinaria, en base al título de contrato privado de compraventa con una posesión ininterrumpida de 10 años.
No se si el truco al que se refiere guarromán es este: demanda contra los herederos desconocidos en inciertos del titular registral, posterior sentencia condenatoria, se ejecuta, se embarga el finca y sale a subasta adjudicándosela el propio ejecutante. En una ocasión lo hice en mi despacho y salió bién, (salvo un pequeño pago que hubo que hacer a un subastero para que no entrara en la subasta)
El titular del terreno sin edificar que está colindante al domicilio de mis padres, murió hace unos 10 o 15 años. Este señor no tenía familia y nadie lo ha heredado. Mis padres y yo hemos estado cuidándolo todos estos años. Hace 2 años enviaron una notificación al domicilio de mis padres, como parte interesada, que el terreno había sido embargado y iba a salir a subasta porque tenia poco más de 4000 euros en deudas de "IBIs" y pagos por obras de la urbanización. Y esta misma notificación significaba que en cualquier momento antes de la subasta se podrían liberar los bienes a alinear si se efectuaba el pago de las deudas en descubierto.
Finalmente pagué las deudas, domicilié los IBIs a mi cuenta bancaria y el terreno no se subastó con la intención de usucapir en un futuro..
1-¿Es el Estado el legítimo propietario al no haber herederos?
2-¿si es así puedo usucapir igual?
3-¿Qué quiere decir la notificación con “liberar los bienes a alinear” y “pagar las deudas en descubierto”?