Una casa es el único bien de una herencia, son diez herederos, a uno de ellos en testamento se le dejó el uso y habitación de la casa con cargo al tercio de libre disposición y al de mejora, la casa se va a vender, se ha calculado el valor económico que tendría el uso y habitación conforme a la edad del heredero al que se le lego en testamento, y en teoría a la venta de la casa se le debería compensar económicamente, pero se da la circunstancia que actualmente este heredero está ingresado en una residencia, pues tiene disminución psíquica y necesita atenciones especiales, (pero en el momento de fallecer la testadora, no estaba ingresado y se encontraba en situación de desamparo, no tenía donde vivir, y le ocultaron el legado que su abuela le había dejado), ahora, llegado el momento de repartir, cuando el representante de este heredero pide que se le debe de compensar económicamente, los otros herederos dicen que no, que no le dan ni un euro, porque al estar ingresado no puede hacer uso de ello y por tanto su legado carece de valor económico...¿cómo lo veis?, el hecho de estar ingresado en una residencia, ¿anula su derecho a ser compensado por no hacer uso de ello o no?
Use la vivienda o no tiene derecho de uso. Y piensen en una cuestión al tratarse de un disminuido no tendrá capacidad y por lo tanto deberá nombrársele un tutor si no lo tiene, y la compensación economica que se le entregue al incapaz por el uso de la vivienda deberá efectuarse a través del tutor y aprobarse judicialmente.
Gracias por tu respuesta!!!!, efectivamente es lo que yo pienso, además teniendo en cuenta que si no la usa ahora, no prescribe ese derecho hasta los 30 años, entiendo que se le debe compensar económicamente según el cálculo legal establecido.
Esta persona, actualmente se encuentra tutelado de modo provisional por la Administración, a falta de que un juez lo apruebe , está en trámites todavía.Él tiene una pequeña disminución intelectual, hace un tiempo tuvo brotes esquizofrénicos y por ello está ingresado, pero anteriormente ha sido una persona que se ha valido bastante bien por si mismo, se sacó el graduado, trabajaba de jardinero,.... ahora está recuperandose, siendo tratado con medicación, y ha mejorado muchísimo.Es huerfano de padre y madre, pero tiene dos hermanos que le ayudan todo lo que pueden, y en un futuro, quizás los médicos consideren que puede volver a su entorno, que puede volver a tener una oportunidad, así que lo que hacen sus tios diciendo que como está ingresado no le corresponde nada del uso porque no puede acceder a él, a mi me parece que es como si lo estuvieran encerrando y tirando la llave al mar.
Si alguien más me quiere dar su opinión, se lo agradecería.
El resto de herederos, insisten en que no se le debe abonar nada por el uso y habitación a la venta de la casa, ya que como esta persona se encuentra ingresado en una residencia, dicen que nunca podrá usar la casa , pero yo no lo veo así, ya que no le prescribe hasta los 30 años, el derecho de comenzar a hacer uso de ello, y él podría recuperarse y hacer uso del legado que le dejó su abuela,...me siento como si quisieran dejarlo encerrado y tirar la llave al mar, por favor, alguien más que me de su opinión.
buenos dias. Cuestion:
Mis abuelos al fallecer dejan su casa del pueblo en herencia a 6 hijos, entre los que no está mi madre, pero a mi madre le deja "Derecho de habitación". La duda que yo tengo es que si yo puede disfrutar de esa casa como toda la vida. Es la casa del pueblo, nadie tiene su residencia fijada allí, yo he ido siempre y quiero poder seguir yendo cuando plazca. Insisto, nadie tiene residencia habitual en esa finca pero a mi me gustaria ir los fines de semana, verano, etc. Estoy yo incluido dentro de lo que se llama la "familia" de la beneficiaria de ese derecho??