Ah, seguramente es así, es verdad que en Cataluña tienen diferente, lo de 2/3 partes es segun derecho civil comun... a ver si alguien que sepa de herencias te puede orientar, pero seguramente no todo es para la mujer, algo será para los descendientes....
Gorana, siento decirte que te equivocas. No se nada sobre derecho civil catalán, pero sé que es diferente a lo que dices.
Lo que tu comentas sería en el caso de derecho común, pero Cataluña tiene derecho civil propio, diferente del resto de España (bueno, Hay otras comunidades que también tienen derecho propio).
Para responder satisfactoriamente a nudopropietario, también habría de ver si las propiedades que comenta eran sólo de su padre o de ambos progenitores, y tener todos los datos posibles. Y después de todo esto, que algún experto en Dº Civil Catalan responda conforme a las normas de ese ordenamiento.
estoy liadísima, os voy a explicar mi situación. Mi padre murió en cataluña sin hacer testamento, y al casarse en segundas nupcias (2 años de matrimonio) la mujer tiene el usufructo de dos inmuebles. Ella vive en otra casa suya de propiedad que consiguió por otro matrimonio anterior.
El problema que tenemos mi hermana y yo, es que tenemos unos sueldos muy bajos y unas deudas que dejó mi padre por pagar.
Ahora parece que me deja vivir en uno de los pisos, pero quiero saber si me puede echar aunque no me haya hecho ningun escrito.
Ella puede vivir más que dignamente, ya que tiene una casa de propiedad, una pension de 1200 euros de viudedad de mi padre, un alquiler que le entra por otra finca de mi padre y trabaja.
como puede haber una ley que ampara tanto a una segunda mujer y a su hija? mi hermana y yo nos sentimos en la calle....
Alguien nos puede ayudar por favor?
mi madre también falleció hace años y apenas tenemos familia.