Hola. Quisiera saber si es posible hacer una unión de hecho en España con un ciudadano norteamericano con residencia permanente en España y si eso habilita el permiso de residencia y trabajo para el otro miembro de la pareja.
No indica en qué Comunidad Autónoma vive y la normativa varía de una a otra.
En Cataluña, donde me encuentro, sí es posible, si se halla en alguno de los siguientes supuestos:
- Han convivido como pareja durante más de dos años.
- Han tenido descendencia en común, aunque no hayan convivido el tiempo antes mencionado.
- Cuando formalicen su relación por escritura pública.
En los tres casos antedichos se inscribirá en el Registro de Parejas Estables a cargo del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.
Ahora bien: dado que se trata de un extracomunitario residente legal, para que su pareja pueda residir con él en España, él ha de ejercer el derecho a la reagrupación familiar y debe cumplir con las condiciones necesarias para ello previstas en la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo y efectuar el trámite correspondiente. Es decir, la pareja no adquiriría automáticamente el derecho de residencia en España, como sucedería si se tratase de un ciudadano de la Unión.