Tengo que tramitar un certificado sucesorio europeo de declaración de herederos para que seas declaradas como tales las hermanas del causante. Resulta que aún no hemos iniciado los trámites y una de ellas ha manifestado que no quiere aceptar la herencia. Mi duda es si puede hacer constar en algún lado que se niega a ser declarada como heredera antes de iniciar los trámites o ha de ser declarada heredera y posteriormente renunciar a la herencia.
La renuncia a la herencia presupone que quien la hace ya ha sido declarado heredero, por lo que no procede que la hermana rebelde sea declarada tal. Si lo que tienes es un abintestato y lo vas a hacer en el notario, omite toda información sobre la disidente y centra la declaratoria en los hermanos que sí van a concurrir. La ley (art 56) habla de que se indagará sobre las personas que el otorgante considere que son las herederas, por lo que el derecho de estas no depende de lo que quiera hacer o no una de ellas (es muy común pensar que los derechos hereditarios de uno mismo dependen de encontrar a los demás). Por lo tanto, hazte el acta según la ley notarial, que el notario publique los edictos y declara los herederos a quienes quieran.