No, no es así. Al aceptar no se obliga a los otros herederos, aceptas tú, ellos pueden hacerlo o no hacerlo, cada uno responde por sí mismo. Debe hacer el requerimiento el notario a demanda de uno de ellos. Como dice Schezlaf si no se pronuncia en 30 días se tomará la herencia como aceptada de forma simple, ya no podrá rechazarla ni aceptarla a beneficio de inventario. Sería igual que si hubiera ido al notario a aceptarla, y tras eso ya se puede tramitar lo que corresponda con la herencia aceptada ya por todos. Si en el trascurso de esos 30 días opta por rechazarla o lo que sea, pues lo mismo.
Buenas noches Pablo, el hecho de que un heredero acepte la herencia no implica el nacimiento en los demás de la obligación de pronunciarse al respecto. Dicha obligación nace cuando se produce la llamada "interpellatio in iure" por el que a instancia de un heredero el notario requiere a los otros para que se pronuncien si aceptan o repudian la herencia. Si transcurren 30 días sin que los interpelados se pronuncien se entenderán que la aceptan de manera pura y simple, no pudiendo, por tanto, acogerse al beneficio de inventario.
Gracias 1966 y Paquito Xocolatero. Si, la intención del primo no discapacitado es alargar la aceptación de la herencia para evitar el pago del impuesto de sucesiones.
Entiendo que si un primo acepta obliga al otro a pronunciarese si acepta o no su parte. ¿Es así?
El tema conflictivo entiendo que no es la liquidación, sino que no se pueda repartir la herencia hasta que el otro la acepte, y este no quiere aceptarla ni rechazarla, sino dejarla tiempo hasta que prescriba el impuesto. Lo que tiene que solicitar el otro primo que quiere repartirla ya es un requerimiento notarial. Tendrá 30 días para aceptar o rechazar la herencia, y si no lo hace se considerará aceptada de forma simple.
El discapacitado puede solicitar "liquidación administrativa" del Impuesto de Sucesiones. Hacienda escribirá a los dos liquidando a cada uno lo que le corresponda.
En cuanto a la plusvalia tambien puede solicitar liquidación del 50% del inmueble heredado y el Ayuntamiento ya se encargará de reclamar al otro heredero el otro 50%.
Un heredero quiere esperar a aceptar la herencia y otro no
Hola a tod@s !
El caso es el siguiente, dos primos son los herederos a partes iguales de un tercer primo fallecido. La herencia consiste en una cantidad en metálico un piso. Uno de los primos herederos tiene un alto grado de discapacidad por lo que no tiene que pagar impuestos al heredar. Al enterarse de esta situación el otro primo se niega a firmar porque le parece "injusto" que uno pague impuestos y otro no, y su idea es esperar 4 ó 5 años para aceptar la herencia y evitar el pago de impuestos.
¿Cómo se puede desbloquear la situación?