Los como funcionarios que son los profesores, y en particular el equipo directivo, ¿están obligados a perseguir y notificar la comisión de delitos al órgano competente?
Hola, desde luego. Caso contrario incurrirían ellos en un delito. Si, en función e su cargo, tiene conocimiento de unos hechos que se están produciendo, no da aviso a la autoridad judicial, policial o Fiscalía, incurre en el ilícito previsto y penado en el art. 408 CP.
Hola, sí. El art. 408 C P castiga al funcionario que, en el ejercicio de su cargo no da cuenta a la autoridad policial, fiscal o judicial de que se podría estar cometiendo un delito en el ámbito de su trabajo. Salvo mejor criterio. Saludos.