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Un experto acusa a los juzgados de Familia de “conculcar derechos fundamentales de los ciudadanos”

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      • Tema: Un experto acusa a los juzgados de familia de “conculcar derechos fundamentales de los ciudadanos”
26 Comentarios
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Un experto acusa a los juzgados de familia de “conculcar derechos fundamentales de los ciudadanos”
29/12/2010 02:19
http://www.prodeni.org/Justicia y menores/un_experto_acusa_a_los_juzgados_de conculcar derechos.htm
Un experto acusa a los juzgados de Familia de “conculcar derechos fundamentales de los ciudadanos”
Julio Bronchal asegura que los gabinetes psicosociales emiten “dictámenes prejuiciados” que dejan en la máxima indefensión a miles de padres en España

Fuente:panorama-actual.es



Julio Bronchal es psicólogo especializado en familia. Durante los últimos años, ha investigado y publicado artículos sobre el maltrato infantil y los perfiles de parentalidad competente. Actualmente está trabajando sobre un libro de práctica pericial en asuntos de familia, donde cuestiona las bases científicas de los informes de los gabinetes psicosociales de los juzgados de Familia. Su conclusión no está exenta de polémica: “Los juzgados de Familia conculcan derechos fundamentales de los ciudadanos”, asegura en esta entrevista porque los progenitores están en situación de máxima indefensión y en la que afirma que los gabinetes psicosociales dictan “dictámenes prejuiciados con criterios pseudocientíficos” y a los que acusa de practicar una “paleo-psicología sectaria”. Bronchal exige una revisión del Derecho de Familia porque “ nos enfrentamos a un sistema inicuo y de privilegios que se resiste ferozmente a ajustarse a los cambios sociales y a los nuevos roles parentales”. Por Jorge M.



Julio Bronchal, en su despacho de Valencia
"Tras analizar cientos de informes periciales, me resulta muy difícil no concluir que estamos delante de una máquina que hace trampas, orientada a justificar y argumentar ‘ad hoc’ casi siempre a favor de la custodia materna".

"No es infrecuente el conocer de casos que manifiestan que sus declaraciones han sido tergiversadas o interpretadas en sentido contrario al pretendido por los gabinetes psicosociales".

"Los psicólogos de los Juzgados de Familia hacen un juicio paralelo y determinante sin las consiguientes garantías procesales".

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29/12/2010 02:20
¿Cuál es la primera conclusión de tantos años de investigación?

El objetivo formal de los informes de los psicólogos de juzgados debiera ser encontrar la mejor situación relacional del grupo familiar tras la separación de la pareja, pero tras el estudio de muchos informes periciales oficiales, veo que son más bien un instrumento para justificar un determinado sesgo. La inmensa mayoría de estos informes periciales de los juzgados cumplen un papel de justificación acientífica: mantener a cualquier precio las inercias que se vienen practicando, que no son otras que proponer o mantener la custodia materna contra cualquier evidencia, marginando al otro progenitor de la vida y educación de sus hijos. La impresión es que los informes se elaboran al revés: las conclusiones ya están establecidas desde el principio. La “investigación” sirve para ir tomando o desechando –ad hoc- los argumentos que aparentemente fundamentan el dictamen y le darán una apariencia de rigor.

¿En qué se fundamenta usted para decir esto?

Hay que hacer una crítica muy pormenorizada del proceso pericial. La primera es que el usuario al ser evaluado no recibe la explicación de los criterios decisorios de un informe: si lo que importa es su estabilidad emocional, o su disponibilidad horaria, o su estilo educativo, o sus valores, o las motivaciones, o las disponibilidades económicas o físicas, etc. No se le explica ni se especifica el peso definitivo que tiene cada una de las variables.
No se dicen tampoco los criterios irrelevantes. Estos equipos tendrían que tener establecido un cuadro de criterios que fueran ofrecidos a los progenitores evaluados, cosa que no sucede. En este sentido, el sexo de los progenitores y la edad de los menores no deben ser considerados a la hora de otorgar custodias, sin embargo suelen ser los criterios decisorios, es decir, criterios acientíficos y sexistas.
La segunda crítica es que las herramientas utilizadas son insuficientes, inapropiadas y no válidas para el propósito previsto. Por ejemplo, se le otorga demasiada importancia –según los casos y a conveniencia también- a los tests clínicos y de personalidad, cuando cualquier investigador que se asome a este campo, inmediatamente descubre que la correlación entre las puntuaciones obtenidas y la competencia parental es muy débil y sólo tiene significación en casos de puntuaciones extremas, casos muy infrecuentes. Así, podemos encontrarnos con un perfil de personalidad normal y que el progenitor no esté motivado ni capacitado para el ejercicio parental y a la inversa, padres con perfiles de aristas más señaladas y que, sin embargo, corresponden a cuidadores con una muy elevada competencia parental.
La razón de la importancia concedida a estas pruebas es que dan una apariencia de objetividad y cientifidad a la hora de dictar un dictamen prejuiciado. Lo que se olvida o se omite es que una misma puntuación en una escala puede ser positiva o negativa en función del sesgo del evaluador.
Por poner un ejemplo. Una puntuación alta en el factor E del conocido test 16PF de Cattell puede definir a un individuo de mentalidad independiente, seguro de sí y austero, pero también como dogmático, hostil, autoritario y extrapunitivo. En definitiva, ni los resultados de estos cuestionarios correlacionan con la competencia parental salvo casos extremos y tampoco son tan objetivos como se pretende. Por eso, es una demanda irrenunciable es que estos informes aporten el resultado numérico de los evaluados para una posible crítica y replicación de estos resultados.
Además, se concede una excesiva importancia a las entrevistas que se realizan, con el problema de la interpretación subsiguiente. El problema se agrava cuando no queda constancia de los testimonios, cuando no se graba ni en audio ni en video el proceso, con lo cual no es en absoluto infrecuente el conocer de casos que manifiestan que sus declaraciones han sido tergiversadas, omitidas o interpretadas en sentido contrario al pretendido.

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29/12/2010 02:21
Pero bueno, imagino que los progenitores que pasen por los gabinetes psicosociales tendrán alguna clase de garantía...

Esa es la segunda parte, la absoluta falta de garantías para el usuario de estos servicios. En realidad, se está haciendo un juicio paralelo y determinante sin las consiguientes garantías procesales. El sujeto evaluado no tiene forma de acreditar sus declaraciones. Segundo, no se le entregan copia de los tests cumplimentados; tercero, no hay forma de protegerse frente al error o cualquier forma de sesgo que pudiera estar presente en el proceso evaluativo al que ha sido sometido. Además, no está articulado ningún procedimiento para que el usuario pueda reclamar una restitución de estos derechos vulnerados, apelar o conseguir una rectificación. Sólo ocasionalmente y casi a regañadientes, los psicólogos acuden a ratificar y someter a contradicción sus informes. Todo se hace en la más absoluta opacidad, el mejor refugio para la arbitrariedad de los los supuestos “expertos”.

No deja de ser paradójico que haya protocolos de protección al consumidor de cualquier producto y, sin embargo, un servicio del que se derivan consecuencias graves para un progenitor y sus hijos, no tenga protocolizado ningún sistema para la defensa del usuario, de tal manera que el progenitor se queda en situación de máxima indefensión.

La gravedad del asunto llega hasta el extremo de que conocemos de psicólogos adscritos a los servicios psicosociales que ni siquiera están colegiados, quizá con la intención de quedar lejos de la fiscalización de las Comisiones de Deontología de nuestos colegios.

Qué propone usted ante este panorama tan pesimista?

Para empezar, los informes deberían expresar una propuesta relacional provisional y ajustada exclusivamente al momento evolutivo del menor y sugerirse un calendario de revisión en función de las diferentes etapas de su crecimiento. Es decir, no se puede proponer un régimen relacional para un niño de un año y no aconsejar que sea modificado según el menor vaya creciendo.
Lo segundo, a nivel formal, que el técnico comunique cuáles son los criterios decisorios de fundamentación de su informe y los que no van a ser tenidos en cuenta. Esto debería ser realizado por escrito y previo a la prueba pericial. El técnico debe aportar y justificar ante el usuario el propósito de su diseño metodológico y el valor de cada una de las pruebas.
Tercero, las sesiones y entrevistas deberían quedar registradas y poner las grabaciones a disposición del usuario. De igual manera, debería entregársele copia de los tests realizados. Ya en su redacción, el psicólogo debería separar los datos de las interpretaciones. Estos informes deberían incluir, en su parte metodológica, pruebas de observación sistemática y registro objetivo de la interacción de los menores con cada uno de los progenitores y evaluar a los menores al menos en dos ocasiones: tras un periodo de convivencia con cada uno de sus dos padres, para controlar el efecto de la su manipulación. Debe evaluarse el estilo y actitud educativa de cada una de los padres. Deben incorporar información contrastada del entorno de los progenitores y del comportamiento previo a la separación. Finalmente, deberían ofrecer al usuario la posibilidad de someter a crítica profesional la calidad del informe elaborado, es decir, contar con una segunda opinión como ocurre con los diagnósticos médicos.
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29/12/2010 02:22
¿Está diciendo que los procedimientos de familia están llenos de ‘trampas’ y de situaciones impropias de un estado de derecho?

En ausencia de rigor metodológico y en un contexto de falta de garantías, los informes periciales pueden acabar siendo utilizados como la coartada ideológica para argumentar pseudocientíficamente la limitación de los derechos filiales y parentales y, por lo tanto, la conculcación de derechos básicos: el primero, el derecho de todo menor a contar efectivamente con ambos padres para ayudarle en su crecimiento y, segundo, el derecho de cualquier padre o madre a ejercer efectivamente, y no nominalmente, su derecho de paternidad o maternidad sobre sus hijos.
Mire usted, no es de recibo que en informes periciales adscritos a los juzgados hayamos encontrado que el mismo argumento, la misma circunstancia sirva, por un lado, para no otorgar la custodia al padre y, por otro, cuando está presente esta circunstancia en la madre, dársela a ella. Cuando el padre no ha trabajado se le ha dicho que estaba en situación de “inestabilidad financiera”. Sin embargo, cuando es la madre quien no trabaja esta circunstancia se adjetiva de “disponibilidad horaria”; cuando el menor está muy vinculado al progenitor se habla de “alienación parental”, cuando se ignoran casos escandalosos cuando la manipuladora es la madre, o se propone entonces la custodia materna para que el menor “equilibre sus vínculos”. Cuando el menor aparece más ligado a la madre “no se le va a separar de su principal figura de referencia parental”. Más aún: si la madre se ha dedicado enteramente a la crianza de sus hijos, se la califica de madre abnegada; si ha sido el padre se le llega a decir que “está obsesionado”. Todo esto es escandaloso y de no leerse, negro sobre blanco, en estos informes sería increíble. Es cuando se comparan unos informes con otros cuando surge una desalentadora sensación de perplejidad e indignación.
Otro ejemplo es que no se puede resucitar un prejuicio inconstitucional como es el de otorgar la custodia a las madres aduciendo la corta edad del menor, en niños de 2 ó 5 años, cuando la psicología evolutiva desterró este prejuicio e incluso fue eliminado de nuestro ordenamiento jurídico pese a que sigue siendo un argumento estrella de los informes psicosociales. Es aquí donde se puede decir que practican una “paleo-psicología sectaria”.
Tras analizar cientos de informes periciales, me resulta muy difícil no concluir que los dados están cargados, que estamos delante de una máquina que hace trampas, orientada a justificar y argumentar ‘ad hoc’ casi siempre a favor de la custodia materna.
El problema no es tanto que se quiera beneficiar indiscriminadamente a las madres, sino que este sesgo acabe dañando seriamente a los hijos. El caso reciente de la niña Alba de Barcelona, que como se recordará fue víctima de malos tratos de la madre y de su entorno que la llevaron a entrar en coma, sólo pudo suceder como consecuencia del autismo sectario con el que fue evaluado todo el proceso familiar, siguiendo el sesgo de sostener contra cualquier evidencia la custodia materna.

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29/12/2010 02:23
¿Pero la sentencia no la dictan los jueces?, me cuesta creer que los jueces no se den cuenta de ello.
Los jueces tienen una fe cómoda en los dictámenes psicosociales, sobre todo cuando siguen la inercia presente en sus resoluciones. Así se produce una simbiosis perversa entre la decisión judicial y el dictamen pericial. Es un proceso de retroalimentación mutua, ajeno no sólo a los conocimientos de la psicología científica sino a la evolución de los roles sociales y parentales vigentes en la actualidad.

Ahora que dice esto, recientemente un psicólogo del gabinete psicocial de Valencia, Manuel García Fort, aseguraba a este periódico que las custodias se otorgaban mayormente a las madres porque son ellas quienes asumen las tareas domésticas.

La respuesta que hay que dar no es quién se ocupó más antes de una separación, sino quién ofrece la mejor alternativa a los menores para su futuro. Tras una separación puede haber y, de hecho la hay, una nueva distribución de los roles, así que lo que hay que hacer es atender al nuevo marco resultante de esta situación y proyectarse hacia el futuro. Aún así, no dejan de extrañarme las declaraciones de mi colega, García Fort, porque conozco casos en los que el cuidador anterior era el padre y se buscaron argumentos para alterar la situación anterior y otorgar la custodia a la madre.
Aquí hay un error de principio: la respuesta que deberían responder ante una situación de crisis familiar sería cuál es el mejor marco relacional de los menores tras la separación y no cuál es el mejor custodio, porque salvo excepciones muy contadas, el mejor custodio son los dos padres. Por lo tanto, deberían promover y, no sólo de palabra, la custodia compartida. La situación excepcional debería ser las custodias exclusivas.



Pero el Sr. García Fort comentaba que la custodia compartida era imposible en caso de desacuerdos...
Sí, este es el mito, el amuleto que el establishment levanta para protegerse de ceder a la sensatez de permitir que un niño siga teniendo padre y madre. Lamento que el señor García Fort no se haya informado sobre las abundantes investigaciones de corte psicológico y sociológico que informan de forma contundente que incluso cuando la custodia compartida se impone en contra de la voluntad de algunas de las partes, los menores acaban siendo favorecidos en variables como su ajuste psicológico, rendimiento escolar, adaptación social y bienestar subjetivo frente a los resultados nefastos asociados a las custodias exclusivas, custodias que tan pródigamente recomienda. No deja de llamarme la atención que se exija un acuerdo entre los progenitores para la custodia compartida y, sin embargo, se imponga a ‘sangre y fuego’ la custodia exclusiva en contra de la voluntad de las partes. Lo que no deja de ser una forma de darle todo el poder a una de las partes en conflicto, lo cual hace que el conflicto se enquiste y cronifique para perjucio de los menores.

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29/12/2010 02:23
En ningún otro ámbito, por ejemplo político o laboral, se propone la resolución constructiva de un conflicto otorgandole todo el poder a una de las partes. Además, ¿hasta dónde debe exigirse el acuerdo, y cuáles deben ser sus contenidos? Si ambos padres coinciden en aspectos fundamentales y primarios en la crianza de sus hijos, como por ejemplo los ámbitos sanitarios, educativos y en un marco de valores más o menos similar, ¿Qué más acuerdos se les deben exigir? ¿Que voten al mismo partido? ¿Que les gusten la misma literatura? Se olvida interesadamente que esta pareja convivía con anterioridad y ambos, con sus peculiaridades, eran los co-educadores de sus hijos, sin más traumas para estos. Por otro lado debe valorarse la legitimidad del pretendido desacuerdo: en ocasiones no es más que un artefacto perverso del propio proceso. Una parte se presenta “en desacuerdo”, en realidad un desacuerdo instrumental, para no perder los privilegios asociados a la custodia exclusiva. Sin embargo, estos profesionales caen en la trampa y son manipulados por el progenitor más egoísta.

Finalmente, ¿y a qué cree que se debe todo esto?

Bueno, la tentación de corrupción de la ciencia por parte del poder ha estado siempre presente en la historia. Diferentes despotismos y totalitarismos han construido ciencias que le han servido de soporte y justificación. Así nos presentamos ante un sistema inicuo y de privilegios, lleno de inercias, que se resiste a ajustarse ferozmente a los cambios sociales y a los nuevos roles parentales. Si se profundiza más aún, no será extraño encontrar presiones políticas, institucionales y mediáticas a las cuales tampoco son ajenas las injerencias de ciertos lobbies contra la independencia judicial. La situación resultante es extremadamente grave. Panoramas similares llevaron en otros países –USA, países nórdicos, Francia...- a severas autocríticas sobre lo que se estaba haciendo con los menores cuando la pareja se rompe. Por todo ello, es necesaria y urgente una revisión radical de todo el derecho de familia y de su praxis actual. Deberían regir principios de transparencia, fiscalización, igualdad efectiva, garantías para el usuario y antes que nada, la asunción por parte de los profesionales implicados del principio de la mínima intervención, porque de no ser así, la actuación judicial y pericial acaba siendo un factor que agrava y complica la crisis del grupo familiar y lejos de ser una solución es un factor iatrogénico. Sólo la custodia compartida favorece una perspectiva consensual frente a un sistema, como el actual, que invita a la pareja en crisis a una lucha sin cuartel, donde las primeras víctimas son los propios hijos. Bien es verdad que siempre está la responsabilidad individual y los límites que los padres se impongan. Lo que es inadmisible es que el propio sistema, por un vicio estructural, favorezca la beligerancia entre las partes.
29/12/2010 23:28
...asegura que los gabinetes psicosociales emiten “dictámenes prejuiciados” que dejan en la máxima indefensión a miles de padres en España.
30/12/2010 15:44
Muy bueno, con qué claridad viene explicada la situación por la que atraviesan los divorcios con hijos y la realidad de las barbaridades que se están cometiendo en nuestro país.
Ahora vendrá Zapatero o algún otro iluminado de su ideología "social" a decir su famosa frase "la tierra no es de nadie, solo del viento".
31/12/2010 14:08
"Los psicólogos de los Juzgados de Familia hacen un juicio paralelo y determinante sin las consiguientes garantías procesales".
31/12/2010 20:56
Hace unos días a un conocido mío le hiciero un test y de ese papelito sacaron que era mala persona, mal padre, violento y un montón de cosas mas, en conclusión no le dan la custodia de sus hijas y se la dan a la madre....
La madre... esquizofrénica, anorexica, 4 intentos de suicidio un trillón de informes de su psiquiatra pero según el Juez, como está en tratamiento de todo ello NO HAY PROBLEMA.
Asi nos va en este País.
31/12/2010 22:04
Pues algo parecido a lo de mi marido, la madre es la madre aunque se haya intentado suicidar 4 veces, aunque haya tenido anorexia, aunque sea una depresiva crónica, aunque se haya marchado durante 9 meses fuera del país sin avisar, y no hay manera que haya un cambio de custodiaporque, segun el juez, ella tiene una familia que la apoya y mi marido está solo (es huérfano desde niño, sólo tiene un tío y a mi). Y mientras tanto los niños van con zapatos deasiado grandes, con ropa vieja, no salen de casa, suspenden todo, siempre estan enfermos... Porque claro, una madre es una madre.
02/01/2011 13:42
"Tras analizar cientos de informes periciales, me resulta muy difícil no concluir que estamos delante de una máquina que hace trampas, orientada a justificar y argumentar ‘ad hoc’ casi siempre a favor de la custodia materna".
02/01/2011 14:31
Nada que no sepamos ya. Lo más dramático de todo esto, es que los hombres no luchamos por nuestros derechos, y solo unos pocos son o somos lo suficientemente valientes para luchar por los derechos de nuestros hijos.
A los hombres nos da vergüenza unirnos y reclamar nuestros derechos como hombres y como padres, aunque muy tímidamente parece que esto va cambiando.
Nos es más fácil juntarnos para salir a celebrar la victoria del mundial de fútbol o juntarnos en la Puerta del Sol para celebrar la nochevieja, que para manifestarnos por la que está cayendo en España por las políticas demenciales del Sr. Zapatero y su séquito, o por los miles de hijos que nos son arrebatados brutalmente cuando hay un divorcio.
Mientras no lo hagamos, seguiremos viendo como las mujeres que sí miran por sus intereses personales, siguen demonizándonos y la sociedad nos sigue viendo como monstruos en lugar de como personas con sentimientos y derechos en el ámbito de familia.
02/01/2011 20:59
Jose Ramón: estoy de acuerdo contigo en todo, CON UNA EXCEPCIÓN, EL SAP TAMBIEN LO COMETEN LOS PADRES VARONES, situando a las madres a los pies de los caballos y éstas son separadas totalmente de sus hijos, sin causa. No admitiendo los Juzgados práctica de prueba forense por especialista en SAP. Lo he vivido; he llegado hasta el T.C., que no lo ha admitido. E incluso he vivido la no ejecución de sentencia de guarda y custodia, "sin motivo";" porque el hijo no quiere"; tras 15 años de custodia átribuída a la madre y sin que en ninguna sentencia se haya podido indicar qué motivo encuentran para modificar la custodia, habiendo estado el padre ausente, por su voluntad, durante toda la vida del hijo. Este caso es muy largo y complejo, y se ha dirimido durante 11 años. Con los resultados de invalidez laboral para la madre por somatización del maltrato psicológico vivido por el exmarido, hijos y Jueces y Fiscales. Piensa que esta madre, además de SAP en su hijo, había dedicado su vida a criarlo y a trabajar para darle casa y todo lo necesario al hijo y a ella misma. No es el caso de mujeres que no trabajan y se quedan con el patrimonio familiar, recibiendo compensatoria, y alimentos para los hijos. Es UNA MODIFICACIÓN DE MEDIDAS ANÓMALA ABASOLUTAMENTE. Me gustaría conocer tu opinión al respecto. Está a punto de salir una Sentencia de la AP de Madrid, en la que tampoco nos han aceptado la práctica de prueba forense a realizar por José Manuel Aguilar, al cual supongo que también conoces. En nuestras alegaciones relativas a SAP, parafraseamos buena parte de sus publicaciones, así como de Bronchal y algún otro autor. Pero, la arbitrariedad y falta de actuaciones tendentes a esclarecer la verdad y falta de aplicación de la ley, han sido terroríficas en nuestro caso. ¿Estas de acuerdo?
02/01/2011 22:46
legalportico, hasta ahora no dije nada de mi cosecha, simplemente colgué una entrevista a Julio Bronchal Cambra, y luego independizados algunos de sus comentarios.

Esta claro que las influenciaciones a menores las puede hacer cualquier persona y de cualquier sexo, puede ser uno de los progenitores, hermanos, tios, abuelos...

Con los datos que aporta tampoco me hago una clara idea de la situación, por tanto no puedo opinar. Lo que sí es evidente que los juzgadores aceptan o no las pruebas sicológicas "muy a la ligera", desde mi punto de vista.
03/01/2011 14:10
Intenté contactar con Prodeni hace años. No contestaron.
Y sobre otro tema: ¿ Alguien puede opinar o tiene experiencias, de los trabajos del sicólogo forense Enrique Esbec Rodríguez ?
Saludos.
04/01/2011 10:53
Interesante también leer este artículo realizado en Chile y que contiene mucha información al respecto.

http://www.vientopatagon.cl/main/?p=23457
05/01/2011 08:11
“ nos enfrentamos a un sistema inicuo y de privilegios que se resiste ferozmente a ajustarse a los cambios sociales y a los nuevos roles parentales”
17/04/2011 13:10
Hola.
Es importante conocer la experiencia de personas que hayan sido objeto de informes periciales realizados por Enrique Esbec Rodríguez.

Muchas gracias.
17/04/2011 15:20
“Una vulneración de derechos fundamentales que repugna” (María Sanahura sobre la Violenta Ley “de género”).
Posted by admin on marzo 21st, 2011
Reproducimos hoy, por su gran valentía, los calificativos de la Jueza-Decana de Barcelona, María Sanahuja, en diciembre de 2006, sobre la Ley Integral, la Violenta Ley “de género”.
El Mundo, 13 de diciembre de 2006. Versión en pdf: 2006-12-13 El Mundo Dolor a hombres
“Una Ley que los discrimina (a los hombres) y que causa una vulneración de derechos fundamentales en nuestro país que repugna”
“El problema de la violencia (“de género”) se ha llevado a un punto de locura”
“Uso abusivo de la Ley, destrucción de la prueba del proceso y ausencia de presunción de inocencia”
“Detenciones masivas de miles de hombres, sin apenas indicios”
“Situación propia de regímenes totalitarios”
“Indefensión de los hombres”
“Una condena injusta genera una violencia tremenda, una espiral en que la víctima entra en un proceso de autodestrucción, pierde el control de sus actos, redobla la violencia e incluso acaba recurriendo al suicidio”.
“Todos somos responsables”, “hemos causado un gran dolor a un montón de hombres”.
Para la ideología “de género” actualmente instalada en los poderes del Estado, la Jueza María Sanahuja (miembro de Otras voces feministas y de Jueces para la Democracia) debe ser también, al igual que sus compañeros Francisco Serrano, Mª Jesús García Pérez, Gemma Vives, Emilio Calatayud, Eloy Velasco, Secundino Alemán, Alfredo de Diego, José Luís Requero, Salvador Alba, Fernando Portillo, Alfonso Álvarez, María Corra Losada y tantos otros, una “machista“, “maltratadora“, “portavoz de los maltratadores“, “terrorista“, “machita pata negra“, y demás insultos con los que se despachan habitualmente. F.O. Secretario de la PCI.



Claro que los funcionarios de justicia DECENTES, como parece ser la magistrada Sanahuja, podrían considerar la OBJECION a este Estado genocida ( por violación sistemática y generalizada de derechos humanos ). Si no objetas, en cierto grado colaboras.

Un saludo.