¿Quien nombró al tutor?. ¿Un juzgado?.
¿Es el tutor un familiar directo?.
Quizás se deberá instar judicialmente, el cese del tutor. Además deberá presentar cuentas ante los herederos, de su gestión.
Un anciano es incapacitado ( no se sabe si con sentencia o como medida cautelar en espera de la misma y designan a una persona para que tenga la guarda y custodia del mismo.
Los herederos llevan tiempo sospechando del ánimo de lucro con que este tutor actua pues el anciano tiene numerososas deudas.
Actualmente el anciano ha fallecido siendo en principio su único bien una casa de la que la persona que ejerce la custodia tiene la llave y tambien tiene la libreta de ahorrro del anciano.
Pueden los herederos cambiar la cerradura de la casa para evitar que se lleve bienes de la misma o tienen que tener el consentiemiento de la persona que ejerce la guardia?.
Yo entiendo que una vez fallecido finaliza el régimen de la guarda y por tanto los familiares pueden cambiar la cerradura.