No puede hacerlo, además el banco normalmente bloqueará las cuentas un tiempo. Deberán abrir la sucesión (testada o intestada)
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Ok entonces si ya tengo el certificado de ultimas voluntades,que he de hacer. ¿Pedir en hacienda la autoliquidación o la hace el propio banco?Es por no tener que ir al notario ya que no hay testameno ni propiedades. Solo un hermano vivo y los hijos del otro hermano ya fallecido
tendra que hacer la declaracion de herederos judicial por la que se declarara herederos al hermano y a los sobrinos (hijos del otro hermano), y una vez con eso tiene que presentar el Imp. Sucesiones, y toso eso en el plazo de 6 meses, a no ser que pida prorroga antes del fin de los 5 meses. salvo mejor opinion