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turno de oficio

6 Comentarios
 
perfil Jan
12/01/2006 20:28
Hola jaumet. La respuesta a tu pregunta es no.Si fueras Procurdor sería distinto,pues están obligados a incorporarse al turno de oficio.

Un saludo.
12/01/2006 18:16
En realidad me refería a que si por el mero hecho de colegiarse era obligatorio tener algún tipo de guardia semanal en el turno de oficio, pero de todas maneras gracias por la información.
12/01/2006 17:43
Me olvidé:

4) El Master en Práctica Jurídica del ICAB proporciona acceso directo, sin necesidad de cumplir ningún otro requisito.
12/01/2006 17:41
Hola:

Creí que se refería a si existía alguna obligación en ese sentido.

Jaume: si estás colegiado en Barcelona, puedes acceder al Turno de Oficio:

1- Como dice Rus, cuando lleves tres años ejerciendo, con Despacho propio.

2- Tras un año de pasantía certificada. No está escrito (luego te enteras, al ir a la Comisión a informarte), pero te exigen haber realizado dos vistas de cada procedimiento correspondiente a la jurisdicción a la que pretendas adscribirte.

3- Si no se cumpliesen en tu persona ninguno de los requisitosa anteriores, podrás solicitarlo, alegando que posees méritos suficientes para obtenerlo.

Saludos.
perfil Rus
12/01/2006 17:33
¿A qué se refiere con númeo de horas?.

No sé cómo estará la cosa en otros colegios, pero en el mío, para apuntarte al turno, debes llevar colegiado como ejerciente 3 años.
12/01/2006 12:33
Hola:

No.

Saludos.
Turno de oficio
12/01/2006 11:11
Saludos, ¿es obligatorio para los colegiados cumplir un mínimo de horas en el turno de oficio?