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turno de oficio

6 Comentarios
 
Turno de oficio
12/01/2006 11:11
Saludos, ¿es obligatorio para los colegiados cumplir un mínimo de horas en el turno de oficio?
12/01/2006 12:33
Hola:

No.

Saludos.
perfil Rus
12/01/2006 17:33
¿A qué se refiere con númeo de horas?.

No sé cómo estará la cosa en otros colegios, pero en el mío, para apuntarte al turno, debes llevar colegiado como ejerciente 3 años.
12/01/2006 17:41
Hola:

Creí que se refería a si existía alguna obligación en ese sentido.

Jaume: si estás colegiado en Barcelona, puedes acceder al Turno de Oficio:

1- Como dice Rus, cuando lleves tres años ejerciendo, con Despacho propio.

2- Tras un año de pasantía certificada. No está escrito (luego te enteras, al ir a la Comisión a informarte), pero te exigen haber realizado dos vistas de cada procedimiento correspondiente a la jurisdicción a la que pretendas adscribirte.

3- Si no se cumpliesen en tu persona ninguno de los requisitosa anteriores, podrás solicitarlo, alegando que posees méritos suficientes para obtenerlo.

Saludos.
12/01/2006 17:43
Me olvidé:

4) El Master en Práctica Jurídica del ICAB proporciona acceso directo, sin necesidad de cumplir ningún otro requisito.
12/01/2006 18:16
En realidad me refería a que si por el mero hecho de colegiarse era obligatorio tener algún tipo de guardia semanal en el turno de oficio, pero de todas maneras gracias por la información.
perfil Jan
12/01/2006 20:28
Hola jaumet. La respuesta a tu pregunta es no.Si fueras Procurdor sería distinto,pues están obligados a incorporarse al turno de oficio.

Un saludo.