Yo estoy envuelto en un juicio de equidad, he ganado la primera batalla, pero no ha finalizado, está recurrido y por tanto no os puedo hablar de él.
El procedimiento de equidad es el que se emplea cuando por especiales circunstancias no es posible determinar un acuerdo en el seno de la comunidad, incluso con la aplicación de los preceptos legales de donde dimana. Por ello se emplea muy excepcionalmente en aquellos casos de empate en votaciones, imposibilidad de nombramiento de cargos, etc..
El juicio de equidad consiste en que una de las partes plantea al Juez la situación alcanzada y le pide que supla la falta de acuerdo, con lo que el juez, tras oir en comparecencia verbal a los implicados, resuelve lo que en derecho y buen entender proceda.
En este caso, Mes12cinco tiene razón, el juicio de equidad no es aplicable por que de entrada se está produciendo una situación de perjuicio ilegal sobre uno de los comuneros, no hay duda alguna de ello, no se trata de imposibilidad de aplicar la Ley, y por lo tanto, aunque no soy abogado, creo que procedería convocar un Acto de Conciliación, pedirles la llave ante el Juez, y si de él no se extrae resultado, elevarlo a Demanda.
En todo caso, entrar por la fuerza en un lugar es un delito, aunque sea tu propia casa arrendada y el inquilino se haya marchado hace años.
Acude al administrador si lo consideras imparcial, o ves a un abogado a pedir consejo.
Desde aqui podemos darte ideas, pero sólo hasta ahí alcanza nuestra ayuda.
miguess, claro que Lorea se equivoca, pero hay algo en lo que no me he equivocado y es que vine a este foro a aprender sobre PH y he aprendido otra cosa bastante diferente a la que me esperaba.
Me gusta que utiliceis mi problema para discutir, Gracias mes12cinco por tu ayuda que es nula.
discolo5g y lorea por lo menos intentan ayudar aunque se equivoquen pero tu te metes con sus respuestas pero no das soluciones eso dice mucho de ti, si no estas deacuerdo con ellos di porque y argumentalo.
Después seguimos con lo del trastero, Mes12cinco, pero ya que has intervenido para hablar del procedimiento de equidad igual no te emportaría explicármelo.
Lo que lía, que me parece que es lo que pretende, Díscolo con sus intervenciones.
Habla de cambiar la cerradura, estás bien de la cabeza? eso es un delito
Habla del procedimiento de equidad, tú sabes cuándo se establece el procedimiento de equidad? porque desde luego, en este caso, no.
Yo creo que tú misión en este foro es contestar erroneamente adrede, vamos, no le veo otra explicación, tantos errores y tan gordos, no pueden ser casuales.
Lo que no entiendo, es que siendo elemento común como dices que es, no te haya facilitado la llave el propio administrador, el cual se supone que debiera tener otra llave.
No no la han comprado porque me fui al registro y vi la escritura de obra nueva y no se habia vendido, ademas les pedi las llaves en una reunion y me dijeron que como yo tenia una parte muy pequeña(palabras textuales) para que las quieres si a ti solo te corresponde un ladrillo. Y le preguntaron al administrador si tenia derecho a tenerlas y este les contesto que si, pero ellos pasan de darmelas, por eso os consulto que hariais en mi caso?. Me jode mucho que hagan lo que quieran y encima se rian, por que no puedo haver nada.
Utilidades que se pueden dar a la casa del portero:
Se puede vender (precisa unanimidad)
Se puede alquilar y repartir los beneficios por cuota de participación entre todos los propietarios.
Se puede dedicar a local para las reuniones del edificio.
Lo que está claro, es que si es un elemento comun, no se pueden apropiar el uso unos pocos.
Entérate bien, miguess, que no la hayan comprado con anterioridad a tu incorporación a la comunidad y no tengas conocimiento de ello.
La LPH permite acudir al Procedimiento de equidad en el caso de no conseguir un acuerdo.
Pues sugiero que los que no son familia en la finca, cojan y dirijan un escrito al Presidente de la Comunidad para que en la próxima Junta de Propietarios se acuerde la segregación y venta de esos locales. Como la "familia" lo va a rechazar, entonces el resto de los copropietarios tiene abierto (o eso interpreto de la redacción) el camino al "Procedimiento de Equidad", en el que se expondría al Juez el estado de la comunidad y el perjuicio que representa para los no "familiares" la existencia de esos locales como comunitarios. Y a pedir la segregación y venta (a repartir entre los propietarios existentes en ese momento).
Ya se que es una pena pero como solo la quieren utilizar ellos imaginate si les propongo alquilarla o venderla.Piensan que es suya porque la finca la hizo su abuelo y ellos la heredaron, pero ahora que hay otros propietarios no van a hacer la que les de la gana.
Discolo nos puedes explicar lo del procedimiento de equidad que no lo tenemos muy claro y como se puede aplicar a este caso. Gracias.
Convertir la antigua casa del portero en trastero es una pena. Arreglándola un poco se le pueden dar otras utilidades más beneficiosas para la comunidad.