Me gusta que utiliceis mi problema para discutir, Gracias mes12cinco por tu ayuda que es nula.
discolo5g y lorea por lo menos intentan ayudar aunque se equivoquen pero tu te metes con sus respuestas pero no das soluciones eso dice mucho de ti, si no estas deacuerdo con ellos di porque y argumentalo.
miguess, claro que Lorea se equivoca, pero hay algo en lo que no me he equivocado y es que vine a este foro a aprender sobre PH y he aprendido otra cosa bastante diferente a la que me esperaba.
Yo estoy envuelto en un juicio de equidad, he ganado la primera batalla, pero no ha finalizado, está recurrido y por tanto no os puedo hablar de él.
El procedimiento de equidad es el que se emplea cuando por especiales circunstancias no es posible determinar un acuerdo en el seno de la comunidad, incluso con la aplicación de los preceptos legales de donde dimana. Por ello se emplea muy excepcionalmente en aquellos casos de empate en votaciones, imposibilidad de nombramiento de cargos, etc..
El juicio de equidad consiste en que una de las partes plantea al Juez la situación alcanzada y le pide que supla la falta de acuerdo, con lo que el juez, tras oir en comparecencia verbal a los implicados, resuelve lo que en derecho y buen entender proceda.
En este caso, Mes12cinco tiene razón, el juicio de equidad no es aplicable por que de entrada se está produciendo una situación de perjuicio ilegal sobre uno de los comuneros, no hay duda alguna de ello, no se trata de imposibilidad de aplicar la Ley, y por lo tanto, aunque no soy abogado, creo que procedería convocar un Acto de Conciliación, pedirles la llave ante el Juez, y si de él no se extrae resultado, elevarlo a Demanda.
En todo caso, entrar por la fuerza en un lugar es un delito, aunque sea tu propia casa arrendada y el inquilino se haya marchado hace años.
Acude al administrador si lo consideras imparcial, o ves a un abogado a pedir consejo.
Desde aqui podemos darte ideas, pero sólo hasta ahí alcanza nuestra ayuda.