Tengo un contrato de arrendamiento de local de negocio celebrado el 30 de mayo de 1985, posterior pues al 9 de mayo de 1985.
Soy el arrendatario. Ese contrato se estableció por duración indefinida y excluyendo la prorroga forzosa.
Ahora me interesa traspasar el local. ¿Que ley resulta de aplicacion, la LAU 64 o 94?
Bajo mejor criterio se tiene que aplicar la Ley 94 con las normas transitorias que disponen esta norma sobre los contratos celebrados con posterioridad a mayo de 1985.
Si el contrato permite el traspaso libre sin ningún tipo de autorización, entonces entiendo que el traspaso tiene precio libre.