Hola alon. La cesión total(traspaso) del negocio lleva aparejada la subrogación del cesionario(adquirente del traspaso) en la posición jurídica del cedente(arrendatario). Es decir, ÚNICAMENTE habría que hacer una modificación subjetiva(cambiar el nombre de los arrendatarios).
gracias por la informacion,jan,pero tengo un par de dudas que expongo a continuacion,al aceptar el arrendador el traspaso,se haria un contrato nuevo a nombre de los nuevos inquilinos en las mismas condiciones que el mio,osea en regimen de prorroga forzosa o se hace una subrogacion del mismo,gracias y hasta pronto
hola,a quien pueda ayudarme,tengo local de negocio con contrato de arrendamiento de 1992,sujeto expresamente en regimen de prrorroga forzosa,a nombre de una scp,he hablado con el administrador de la propiedad informandole del interes de traspasar el negocio,y me respondio que la persona entrante le subiria un 15% la renta y el contrato seguiria en las mismas condiciones,osea en regimen de prrorroga forzosa,es eso correcto? y otra pregunta,la scp es una persona juridica o fisica?gracias por escucharme y espero respuesta